Kategorier: Alla - subordinación - soberanía - coordinación - sociedad

av NICOLL HILDA VASQUEZ MEGO för 2 årar sedan

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DISTINCION ENTRE DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO

En el ámbito del derecho, se distinguen dos ramas fundamentales: el derecho público y el derecho privado. Estas dos categorías se diferencian principalmente en la naturaleza de las relaciones jurídicas que regulan.

DISTINCION ENTRE DERECHO PUBLICO
Y DERECHO PRIVADO

DISTINCION ENTRE DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO

DISTINCION ENTRE DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO

Georg Jellinek:

Su teoría, que se ha dado en llamar teoría de la naturaleza de la relación, puede más o menos sintetizarse de la siguiente manera: si los sujetos de la relación jurídica se encuentran en un plano de igualdad uno frente a otro (relación de coordinación) , así uno de ellos sea el Estado, la relación es regulada por el Derecho Privado

Ahrens

Escritor alemán parte de el fin inmediato de la relación: si el individuo es el fin inmediato de ella, la relación es de Derecho Privado; si lo es la sociedad o el Estado, la relación es de Derecho Público, siendo similar a la teoria de Savigny y Stahl

Savigny y Stahl

Parten del fin de la norma jurídica. No se acepta esta teoría porque hay casos en que de un extremo de la relación jurídica que se configura en virtud de la norma aparece el Estado y del otro extremo se encuentra el individuo

Para Georg Jellinek

Su teoría: si por el contrario, uno de los sujetos de la relación jurídica actúa como entidad soberana, es decir, asumiendo un papel de persona superior frente a la otra de la relación (relación de subordinación), la relación es de Derecho Público.
La distinción de las normas jurídicas en normas de Derecho Público y normas de Derecho Privado ha de buscarse en la posición que ocupan los sujetos en la relación jurídica que entre ellos existe.

Kaweline, autor ruso

Fracasada la distinción basada en el contenido y materia de la norma, se han ideado otros tipos de clasificaciones llamados formales, nombre que se les da porque buscan la separación de las normas tomando como base las formas que la relación jurídica adopta y el origen de los preceptos jurídicos.
Derecho Privado corresponde la regulación de los derechos patrimoniales y al Derecho Público la reglamentación de los derechos que no tienen ese carácter.
Dice que el derecho civil (Derecho Privado) es el conjunto de derechos que afecta nuestro patrimonio, y afirma que por ello deben excluírse de su ámbito las relaciones que no lo afecten, como las familiares.