av david freire för 1 år sedan
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-Concepto -Derecho aplicable -Consecuencias prácticas
-Art. 417.- Los tratados internacionales ratificados por el Ecuador se sujetarán a lo establecido en la Constitución -Art. 424.- La constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. -Art.417.-Enel caso de los tratados y otros instrumentos internacionales de derechos humanos se aplicarán todos principios por ser humano, de no restricción de derechos, de aplicabilidad directa y de cláusula abierta establecida en la Constitución.