av RENZO GUASTADINI för 3 årar sedan
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EL RÉGIMEN POLÍTICO
El régimen político de Andorra es el coprincipado parlamentario.
LAS INSTITUCIONES
Jefes de Estado (Los Copríncipes)
La Constitución define la figura de los Copríncipes como la de jefe de Estado de Andorra, de la manera conjunta e indivisa. Son, a título personal y exclusivo, el obispo de Urgell y el presidente de la República Francesa. Son el símbolo y la garantía de la independencia de Andorra y del tratamiento igualitario en las relaciones con los estados vecinos. Son árbitros y moderadores del poder público y de las instituciones.
El Parlamento (Consejo General)
Tiene sus orígenes en el Consejo de la Tierra, creado en 1419 y reformado en 1866, y es la asamblea legislativa o parlamento de Andorra, el máximo órgano de representación popular, formado por una única cámara.
Sus funciones son:
1. Elaborar y aprobar las leyes
2. Aprobar el presupuesto del Gobierno
3. Nombrar al jefe de Gobierno
4. Regular y controlar la acción del Gobierno
Los miembros del Consejo, los consejeros, son elegidos por sufragio universal por un periodo de cuatro años. El Consejo General puede tener un mínimo de 28 miembros y un máximo de 42, que son elegidos de manera mixta: la mitad por circunscripción parroquial y la otra mitad por circunscripción nacional. Actualmente son 28.
El órgano que rige el Consejo General es la Sindicatura, encabezada por el síndico y el subsíndico, que son elegidos por el pleno del Consejo General. Actualmente el Síndico General es el Muy Ilustre señor Vicenç Mateu Zamora i la Subsíndica General es la Muy Ilsutre Señora Mònica Bonell i Tusset.
Administración general (Govern)
Es el conjunto de personas que tienen atribuida la dirección política del Estado. Su mandato es de cuatro años. Está compuesto por el jefe de Gobierno (elegido por el Consejo General y nombrado por los copríncipes) y por los ministros (nombrados por el jefe de Gobierno).
El Gobierno tiene el poder ejecutivo del Estado y lleva a la práctica las leyes aprobadas por el Consejo General.
Sus funciones son:
1. Dirigir la Administración pública del Estado
2. Dirigir la política nacional
3. Asumir las competencias en política internacional
4. Asumir las competencias del Servicio de policía
Administraciones locales (comuns)
El territorio andorrano está dividido administrativamente en siete parroquias que por orden protocolario tradicional son: Canillo, Encamp, Ordino, La Massana, Andorra la Vella, Sant Julià de Lòria y Escaldes-Engordany, con Andorra la Vella como capital y sede del Gobierno. El órgano de representación y administración de la parroquia es el Comú.
Los comuns son corporaciones públicas con personalidad jurídica y potestad normativa local, sometida a la ley, en forma de ordenanzas, reglamentos y decretos.
Fuente: https://www.andorrainfo.com/andorra/politica-e-instituciones.html
Parlamentales o Constitucionales
Gobernantes representan a la soberanía del estado pero no gobiernan de forma directa
Mayor presencia en el pasado
Chile se ha convertido en un líder regional, debido a su estabilidad democrática que garantiza un ambiente seguro para hacer negocios.
Posee un sistema político republicano, democrático y representativo, con un gobierno de carácter presidencial. El Estado está dividido en tres poderes independientes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
A la cabeza del Poder Ejecutivo se encuentra el Presidente, el cual es elegido por sufragio popular y directo por todos los ciudadanos chilenos mayores de 18 años, por períodos de 4 años, sin derecho a reelección.
El Poder Legislativo reside en el Congreso Nacional, y su sede está en el puerto de Valparaíso (V Región). Tiene atribuciones fiscalizadoras y colegisladoras, y es bicameral: Senado (38 miembros) y Cámara de Diputados (120).
El Poder Judicial es un órgano independiente y autónomo que tiene la responsabilidad de la administración de justicia. El tribunal superior de este poder, es la Corte Suprema, integrada por 21 miembros, uno de los cuales es elegido presidente cada tres años.
Fuente: https://chile.gob.cl/chile/sistema-politico
Mayor presencia en el presente
Tipo de gobierno y estructura política en Canadá
Como monarquía constitucional, el Jefe de Estado canadiense, la Reina de Inglaterra, gobierna de conformidad con la Constitución, la máxima ley de la nación.
Es representada en Canadá por el Gobernador General, quien es nombrado cada cinco años por la reina, con la asesoría del Primer Ministro, jefe del gobierno canadiense.
En cada una de las diez provincias, la reina es representada por el Vicegobernador (Lieutenant Governor,), quien es nombrado, también cada cinco años, por el Gobernador General con la asesoría del Primer Ministro.
El gobierno cuenta con tres poderes, Ejecutivo, legislativo y Judicial, que trabajan en interdependencia para asegurar los derechos y las libertades de los canadienses.
Cada gobierno provincial y territorial tiene una legislatura elegida que aprueba las leyes. Según la provincia o territorio, los miembros de la legislatura son llamados miembros de la Asamblea Nacional, miembros del Parlamento Provincial o miembros de la Cámara de la Asamblea.
En cada provincia, el Primer Ministro cumple un rol similar al del Primer Ministro federal, y cada Vicegobernador cumple un rol similar al del Gobernador General de Canadá. Además, el Comisionado representa al gobierno federal y tiene un papel ceremonial.
La Reina Elizabeth II forma parte del Parlamento
La Reina forma parte del Parlamento, jugando un rol no partidista muy importante como símbolo de Canadá, de sus valores y principios fundamentales, y como garante de las libertades constitucionales.
Canadá pertenece al “Commonwealth” o Comunidad Británica de Naciones, asociación libre de 53 estados independientes soberanos que formaron parte de la corona Británica.
Por ejemplo, las siguientes monarquías constitucionales son miembros: Reino Unido, Australia y Nueva Zelanda. El propósito de esta asociación voluntaria es la cooperación internacional para el progreso social, económico y cultural de sus estados miembros.
Fuente: https://www.mequieroir.com/paises/canada/emigrar/descripcion/gobierno/
Sus miembros tienen derecho a una secesión y a ratificar decisiones del órgano confederal
Juntas en un órgano común
Tipo de gobierno y estructura política en EE.UU.
Las elecciones se deciden bajo la figura del Colegio Electoral, compuesto por representantes elegidos por cada estado. El presidente y vicepresidente cumplen períodos de 4 años, con opción a una reelección.
El poder judicial está representado por la Corte Suprema. Sus nueve jueces son designados de por vida por el presidente con la aprobación de los miembros del senado.
El esquema estadounidense difiere en gran medida del sistema parlamentario de otros países. En este caso, el presidente es electo por voto popular, al igual que los senadores y diputados.
Gobierno federal de EE.UU.
Cada nivel del gobierno tiene sus propias áreas administrativas y de creación de leyes. El gobierno federal se reserva algunas leyes importantes, como por ejemplo en lo relativo a armamentos, impresión de dinero, pasaportes, patentes y derechos de autor.
Sin embargo, en aspectos como títulos valores, transporte y vías públicas y algunas leyes criminales, tanto el gobierno federal como los estados, tienen sus propias leyes, las cuales pueden resultar en ocasiones complicadas y contradictorias.
Fuente: https://www.mequieroir.com/paises/eeuu/emigrar/descripcion/gobierno/
Unidades regionales y locales si son autónomas
Dictan sus propias leyes y eligen a sus gobernantes
Ejerce sobre todo el país
Información de Francia (Unitarios):
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
El presidente es elegido por votación popular para periodos de 5 años.
entre sus funciones como jefe de estado está :
- elegir al Primer ministro y a los ministros de gobierno.
- regular los poderes públicos
-comandar las fuerzas militares
PRIMER MINISTRO
El Primer Ministro es la cabeza del Gobierno y es nombrado directamente por el Presidente de la República. Él representa al Presidente delante del Parlamento y delante de la opinión pública. Actualmente lo ocupa Édouard Philippe.
- el encargado de la dirección de la política de la Nación.
- en la redacción de los proyectos de ley y en los decretos del Gobierno
COMPOSICION
El Consejo constitucional se compone de nueve miembros nombrados para un mandato de nueve años.
Los miembros son designados por el Presidente de la República y el presidente de cada una de las asambleas del Parlamento
Los Presidentes eméritos de la República son miembros natos del Consejo constitucional.
ORGANIZACION
Un secretario general, nombrado por decreto del Presidente de la República, dirige los cuatro servicios del Consejo:
- un servicio jurídico compuesto de un magistrado del orden judicial, de un magistrado del orden administrativo, de un administrador de la Asamblea nacional y de profesores titulares de universidad. La secretaria se vincula con el servicio jurídico.
- servicio de documentación vinculado con los trabajos de investigaciones jurídicas;
- un servicio administrativo y financiero encargado de la gestión del Consejo;
- un servicio de relaciones exteriores encargado de las publicaciones del Consejo, de sus relaciones con todas las jurisdicciones, universidades e instituciones francesas así como de las relaciones internacionales.
El Consejo constitucional disfruta de autonomía financiera; su presidente fija el presupuesto cuya dotación se inscribe en el proyecto de ley de presupuestos bajo el epígrafe del concepto "Poderes públicos".
Fuente: https://prezi.com/p/-wty8nrr07ah/organizacion-politica-de-francia/
Unidades regionales y locales no son autónomas
No eligen a sus gobernantes ni dictan leyes propias, funciones solo administrativas
Gobierno nacional único