av DIANA PAOLA AYEN MEGO för 4 årar sedan
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DERECHO DE SUCESIONES
ACTIVIDAD ACADÉMICA CALIFICADA – SEMANA 01
NOMBRES Y APELLIDOS: DIANA PAOLA AYEN MEGO
CICLO: 10 GRUPO:B FECHA: 01 de setiembre del 2020
Utilizando su código civil Peruano, proceda a elaborar un cuadro sinóptico respeto al libro de Derecho de Sucesiones, actividad que tiene como la finalidad que usted conozca aspectos concretos que son materia de regulación jurídica.
SINGULAR O LEGENDARIO
DE CUOTA O PARTE ALÍCUOTA
UNIVERSAL
NO FORZOSOS
colaterales sanguíneos hasta el 4to grado, o sea, hermanos, tíos y sobrinos. Primos hermanos son los que van al sucesorio a falta de los herederos forzosos.
FORZOSOS
Lo comprenden los ascendientes, descendientes y cónyuges. son los que no pueden ser privados de la herencia de no mediar alguna grave causa.
La colación es el acto por el cual el heredero forzoso que ha recibido una ventaja del causante. A través de la colocación se busca equidad entre los herederos de la misma condición o clase, al memento de hacer la partición 0 división de la herencia entre todos los sucesores.
Son herederos del primer orden, los hijos y demás descendientes; del segundo orden, los padres y demás ascendientes; del tercer orden, el cónyuge o, en su caso, el integrante sobreviviente de la unión de hecho; del cuarto, quinto y sexto órdenes, respectivamente, los parientes colaterales del segundo, tercer y cuarto grado de consanguinidad. El cónyuge o, en su caso, el integrante sobreviviente de la unión de hecho también es heredero en concurrencia con los herederos de los dos primeros órdenes indicados en este artículo.
El papel que cumple la sucesión legal es doble. suplementario de esta voluntad cuando esta es insuficiente para ejecutar el testamento que pudiera haber otorgado. El código establece como base hereditaria el parentesco, salvo en el caso del conyugue ( MATRIMONIO) siendo el sobreviviente de la unión de hecho ( POR LA FAMILIA GENERADA), la ley llama en primer lugar a los descendientes, luego a los ascendientes y en seguida al conyuge o a la conviviente de unión de hecho, a falta de ellos se convoca a los parientes colaterales del causante hasta el grado 4to.
Los herederos forzosos pueden aceptar o rechazar la herencia. El derecho de la habitación del cónyuge supértite también termina modificado por la ley comprendiéndose ahora para los efectos del derecho preferencial para adjudicación de la casa
No puede disponer de los dos tercios de su patrimonio, esto para proteger a los familiares cercanos y directos del causante
Pese a que la sucesión testamentaria ofrece mayores ventajas para el causante que la sucesión legal, en tanto que en aquella puede manifestar libremente su voluntad, para ordenar su propia sucesión, testamentos referidos a temas personales. por ejemplo: disposiciones de sus órganos, nombramientos de tutores o curatores, reconocimiento de un hijo extra matrimonial entre otros.