El texto aborda diversos aspectos relacionados con la gestión y regulación de las compañías, detallando las condiciones bajo las cuales una empresa puede ser disuelta o reactivada. Se mencionan varias causas de disolución, como la inactividad prolongada, el vencimiento del plazo de duración fijado, acuerdos entre socios, y la pérdida significativa del capital social.
Cualquiera que haya sido la causa de disolución, la compañía que se encuentre en proceso de liquidación puede reactivarse, hasta antes de la cancelación de la inscripción de la compañía en el Registro Mercantil, siempre que se hubiere solucionado la causa que motivó su disolución y que el Superintendente de Compañías y Valores considere que no hay ninguna otra causa que justifique la liquidación.
Disolución
Por inactividad
Por vencimiento del plazo de duración fijado
Por acuerdo entre los socios
Conclusión de actividades para los cuales se creo
Por perdida de mas de 50% del capital social
Demas del art. 361 Ley de Compañías
Inactividad
Art. 359 Ley de Compañías
El Superintendente de Compañías y Valores, a petición de parte o de oficio, podrá declarar inactivas a las compañías sujetas a su control que no hubieren operado durante dos años consecutivos. Se presume esta inactividad cuando la compañía no hubiere cumplido, en tal lapso, con lo dispuesto en el artículo 20 de esta Ley.
Aumento de Capital
Revalorización de Activos
Capitalización de Reservas o Utilidades
Compensación de Créditos
En Especie
En numerario
CONSTITUCIÓN
Compañía de Economía Mixta
Compañía Anónima
Compañía de Responsabilidad Limitada
Compañía en comandita simple y dividida por acciones