La regulación de los puertos y terminales marítimas en México es fundamental para la gestión del comercio exterior. La Secretaría autoriza la navegación de altura para terminales y marinas que no pertenecen a ningún puerto, siempre y cuando dispongan de las instalaciones necesarias.
Las leyes que controlan o regulan las actividades comerciales del país, son de mucha utilidad ya que al momento en que el país necesita ofrecer sus productos a los demás países, se necesita saber que requisitos necesita y que normas debe seguir tanto para la exportación como para la importación. Es necesario tener un control de lo que entra y sale del país, para así evitar incidentes que puedan afectar a la nación.
Controla el tráfico ilícito de narcóticos y sustancias psicotrópicas, protege los recursos forestales, así como controlar el ataque a sustancias que dañen la capa de ozono.
Regula que se cumpla con los lineamientos necesarios para concesión o autorización de servicios de manejo y almacenamiento de mercancías.
Regula la entrada y salida de mercancías al territorio nacional. También los medios de transporte y todos los despachos aduaneros.
Tiene una estructura basada en la nomenclatura arancelaria del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías -también conocido como Sistema Armonizado-, de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), del cual México es parte contratante.
Tratándose de importación, se aplicará la tasa del 10% siempre que los bienes y servicios sean enajenados o prestados en la región fronteriza.
Si se quiere construir y usar embarcaderos y demás similares en las vías generales
de comunicación por agua, fuera de puertos, terminales y marinas, se necesita el permiso de la
Secretaría de Marina.
En cada puerto habilitado existe una capitanía de puerto, a la que le corresponden
las funciones que le otorga la Ley de Navegación y Comercio Marítimos.
Los puertos mexicanos, están abiertos a la navegación y tráfico
de las embarcaciones de todos los países, pero podrá negarse la entrada cuando no exista ningún tipo de acuerdo o relación con el país de la matrícula de la embarcación.
La Secretaría autorizará para navegación de altura a las terminales de uso particular
y a las marinas que no formen parte de algún puerto, cuando cuenten con las instalaciones necesarias.
En esta ley es el Ejecutivo Federal quien habilita toda clase de puertos y terminales para el uso público mediante un tipo de decreto en el que se determina su denominación y su localización geográfica así como su clasificación por navegación.
Facilita el intercambio comercial al establecer la base común de las medidas, la difusión de la exactitud de la medición y el responsable nacional de los patrones de medida.
La importancia de las operaciones que se efectúan por vía marítima juegan un papel importante dentro del comercio exterior mexicano, pues las estadísticas indican que aproximadamente el 60 % de nuestro comercio exterior, ingresa o sale de nuestro país a través de los puertos.
La ley de Puertos regula los puertos, terminales marinas e instalaciones portuarias. Su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación y formas de administración, y los servicios que estos prestan.
No pueden retirarse mercancías de la aduana o recinto fiscal, sin que previamente quede hecho el pago que corresponda conforme a esta Ley.
La devolución en el caso de exportación de bienes tangibles procederá hasta que la exportación se consume, en los términos de la legislación aduanera.
El impuesto al valor agregado pagado al importar bienes dará lugar a acreditamiento en los términos y con los requisitos que establece esta Ley.
El consumidor puede saber cuanto es el valor real del producto (tangible o intangible) que esta adquiriendo.
Esta Ley señala la obligación del pago del impuesto por la importación de mercancías y servicios, así como las exceptuadas de dicho pago.
Su propósito fundamental es el no distorsionar el intercambio de mercancías y mantener una nomenclatura única, reconocida universalmente.
Prevé cambios que favorecerán el adecuado control de mercancías relacionadas con el movimiento transfronterizo de residuos y desechos peligrosos.
Clasificación de toda la mercancía basado en el CCA, actualmente organización mundial de aduanas (OMA) y es vigente los miembros de la (OMC), a la que México también pertenece.
Determinan las fracciones arancelarias de cada una de las mercancías que se pretenda importar o exportar.
Esta ley contiene disposiciones que emanan de distintas Secretarías de Estado según la mercancía de que se trate y que competa a alguna de su control.
Se hace a través del establecimiento de un procedimiento claro y confiable para la expedición de una Norma Oficial Mexicana.
Exige el cumplimiento del mínimo de calidad para los diferentes artículos que el consumidor adquiere.
Que las aduanas manejen y custodien correctamente las mercancías de comercio exterior, así como su buen almacenamiento.
Pueden introducirse o extraerse mercancías a territorio nacional por medio de transportes marítimos, aéreos, terrestres, fluviales, entre otros.
Que las maniobras de carga, descarga, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes, se realicen en un lugar, día y hora autorizados.
A los Actos y Personas relacionadas con el Despacho de Mercancías.
Objetivo fundamental es regular la entrada y salida de mercancía de/hacia territorio nacional en los trámites fiscales y administrativos.
La componen 203 artículos
Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Ley de Puertos.
Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Leyes del Impuesto General de Importación y General de Exportación.
Es la tarifa de los impuestos Generales de Importación y Exportación
Ley Aduanera.
Tramita y resuelve las investigaciones en materia de prácticas desleales de comercio internacional
Establece mecanismos de promoción de las exportaciones.
Coordina las negociaciones comerciales internacionales con las dependencias competentes.
Otorga permisos previos y asignar cupos de exportación e importación.
Estudiar, proyectar y proponer al Ejecutivo Federal modificaciones arancelarias.
Ley de Comercio Exterior.
Nos señala las regulaciones o restricciones no arancelarias, y otras disposiciones para su aplicación en el comercio exterior.
LEGISLACIÓN EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR:
Conjunto de ordenamientos jurídicos, de orden nacional y de carácter internacional.
Regulan las relaciones necesarias entre los órganos públicos pertenecientes a diferentes Estados y con los particulares que realizan actos catalogados de Comercio Exterior.