类别 全部 - reparación - justicia - reducción - normatividad

作者:Lis Ebratt 4 年以前

248

Organigrama arbol

El proceso penal colombiano permite la terminación anticipada mediante preacuerdos y allanamiento de cargos, regulado por la Ley 906 de 2004 y la Directiva 01 de 2006 de la Fiscalía General de la Nación.

Organigrama arbol

TERMINACION ANTICIPADA DEL PROCESO PENAL

PREACUERDOS

LA FISCALIA REMITE EL ACUERDO AL JUEZ DE CONOCIMIENTO
SI ES APROBADO POR EL JUEZ, SE DICTA SENTENCIA
EL JUEZ VERIFICA QUE NO ESTE VICIADO POR NINGUNA CAUSAL
MOMENTOS PARA EL ACUERDO
ANTES DE SER INTERROGADO EL ACUSADO Y HASTA EL INICIO DEL JUICIO ORAL

COMPRENDE UNA REDUCCION DE PENA EN 1/3 PARTE

EN LA AUDIENCIA DE FORMULACION DE LA IMPUTACION

COMPRENDE UNA REDUCCION DE PENA DE HASTA LA MITAD

LA SUSCRIPCION DEL ACUCERDO DEBE SER:
LIBRE Y VOLUNTARIO, ESPONTANEO INFORMADO Y ASISTIDO POR EL ABOGADO DEFENSOR
OBJETIVOS:
PARTICIPACION DEL IMPUTADO O ACUSADO E INCLUSO LA VICTIMA
REPARACION INTEGRAL
SOLUCION DE CONFLICTOS SOCIALES
PRONTA Y CUMPLIDA JUSTICIA
HUMANIZAR LA ACTUACION PROCESAL
NORMATIVIDAD: ARTICULOS 348, 350, 351,352 353, 354 381 LEY 906/2004, DIRECTIVA 01/2006 DE FISCALIA GENERAL DE LA NACION

Fundamentada en los principios de celeridad y eficacia de la administración de justicia, menor desgaste sin desconocimiento de los valores superiores de justicia, equidad y efectividad para lograr combatir de manera eficaz la criminalidad en todos sus órdenes

EL ALLANAMIENTO A LOS CARGOS Y LOS PREACUERDOS NO DEBEN PRESENTAR LAS SIGUIENTES FALENCIAS
LA PERSONA QUE INCURRA EN LAS CAUSALES DE FLAGRANCIA TENDRA 1/4 PARTE DEL BENEFICIO ESTIPULADO EN EL ARTICULO 351 (ARTICULO 301 DE LA LEY 906/2004)
EL DEFENSOR DEL ACUSADO O IMPUTADO, DEBE ESTAR PRESENTE

SI EL DEFENSOR NO ESTA DE ACUERDO CON LA DECISIÓN DEL IMPUTADO O ACUSADO, SE TENDRÁ EN CUENTA LA VOLUNTAD DEL MISMO Y SE DEJARA CONSTANCIA

PRUEBAS SUFICIENTES PARA INFERIR CULPABILIDAD
LIBRE DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO
DEBE SER LIBRE Y VOLUNTARIO
VIOLACION DE LAS GARANTIAS PROCESALES

ALLANAMIENTO DE CARGOS

EL JUEZ VERIFICA QUE LA ACEPTACION DE CARGOS ESTE LIBRE DE VICIOS
UNA VEZ VERIFICADO, EL JUEZ DICTA SENTENCIA
VERIFICA QUE EXISTAN LAS PRUEBAS IDONEAS PARA DETERMINAR LA CULPABILIDAD
MOMENTOS PARA EL ALLANAMIENTO
DURANTE EL JUICIO ORAL

COMPRENDE UNA REDUCCION DE 1/6 PARTE DE LA PENA

ANTES DE SER INTERROGADO EL ACUSADO Y HASTA EL INICIO DEL JUICIO ORAL

COMPRENDE UNA REDUCCION DE PENA DE 1/3 PARTE

EN LA AUDICIENCIA DE FORMULACION DE LA IMPUTACION

COMPRENDE REDUCCION DE HASTA LA MITAD DE LA PENA

ES IRRETRACTABLE A MENOS QUE SE DEMUESTREN VICIOS O VIOLACIONES A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
LA ACEPTACION PUEDE SER PARCIAL O TOTAL
NORMATIVIDAD: ARTICULOS 288 numeral 3, 293, 351, 352,354, 356 numeral 5, 367, 368 Ley 906/2004