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af joel tovar 6 år siden

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Circuito Judicial Penal- Organizacion

La nulidad de un acto jurídico se declara cuando no se cumplen las reglas del debido proceso. Hay principios que buscan evitar la nulidad, considerándola como la última opción. La accesoria trata de hallar otras maneras de evitarla, mientras que la taxativa señala las consecuencias legales del incumplimiento.

Circuito Judicial Penal- Organizacion

NULIDAD

SURGE CUANDO UN ACTO NO CUMPLIO CON LAS REGLAS DEL DEBIDO PROCESO

TIPOS
RELATIVA

Subtema

ABSOLUTA

EXISTE DE PLENO DERECHO DEBEN SER DECLARADO POR EL JUEZ AUN DE OFICIO

PRINCIPIOS
ACCESORIEDAD: BUSCA OTRAS MANERAS DE EVITAR LA NULIDAD, SOSTENIENDO QUE LA NULIDAD ES LA ULTIMA OPCIÓN
FINALIDAD: ESTA VA A FAVOR DEL ACTO, ES DECIR SI NO EXISTE PERJUICIO PARA NINGUNA DE LAS PARTES, NO SE JUSTIFICA DECLARAR LA INVALIDEZ
BUENA FE EN LA EJECUCIÓN DEL ACTO
TAXATIVA: LA LEY ESTABLECE LA CONSECUENCIA DE SU INCUMPLIMIENTO

ORGANIZACION DEL CIRCUITO PENAL

TRIBUNAL DE 1° INSTANCIA

JUICIO
1. AUDIENCIA ORAL Y PUBLICA 2. SE EXPONEN LOS HECHOS 3. LOS ABOGADOS Y EL FISCAL REALIZAN SUS ALEGATOS 4. SE EXPONEN PRUEBAS Y SE EVACUAN TESTIGOS 5. EL JUEZ DETERMINA LA CULPABILIDAD O NO DEL PROCESADO
CONTROL
1. SE REALIZA LA AUDIENCIA PRELIMINAR 2. ES DE TIPO PRIVADO 3. PUEDE OCURRIR ACUERDOS REPARATORIOS, PROCEDIMIENTO DE ADMISION DE HECHOS, SUSPENCION CONDICIONAL DE LA PENA
EJECUCION
1. SURGE CUANDO SE DICTA SENTENCIA CONDENATORIA 2. SU FUNCIÓN ES ESTABLECER Y VELAR POR LOS DERECHOS DEL PENADO 3. ESTABLECE EL LUGAR DONDE SE CUMPLIRA LA CONDENA

CORTE DE APELACIONES

CONOCE RECURSOS ORDINARIOS DE APELACION, RECURSOS EXTRAORDINARIOS DE REVISION
ESTA CONFORMADO POR TRES JUECES