CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
FORMAS DE EXTINCION DEL CONTRATO
1. DESTRUCCION TOTAL DE LA COSA
SENTENCIA JUDICIAL EVICCION
3. EXTINCION DEL DERECHO DEL ARRENDADOR
2.VENCIMIENTO DEL TERMINO DEL CONTRATO
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
ARRENDATARIO 2000 C.C
4.ARTICULO 2005 CC SE LE EXIGE CUANDO SE TERMINE EL CONTRATOLA RESTITUCION DE LA COSA EN EL ESTADO EN QUE LO ECONTRO Y LAS LLAVES
3. VELAR POR LA CONSERVACION DE LA COSA
2.HACER EL USO APROPIADO PAR EL FIN QUE ESTA ARRENDADO
1. PAGAR EL CANON DE ARRENDAMIENTO EN EL LUGAR, FECHA Y FORMA ESTBLECIDA
ARRENDADOR 1982 CC
3.LIBRAR AL ARRENDTARIO DE TODA PERTURBACION O EMBARAZO EN EL GOCE DE LA COSA ARRENDADA
CUANDO EXISTE PERTURBACION PUEDEN EXISTIR DOS OPCIONES
2. TERMINAR EL CONTRATO CON INDEMNIZACION DE PERJUICIOS
1. ACEPTAR LA PERTURBACION PERO CON REBAJA DE PRECIO
2.MANTENER LA COSA EN BUEN ESTADO DE SERVIR PARA EL FIN QUE HA SIDO ARRENDADA
EL ARRENDADOR DEBE ENCARGARSE DE LAS MEJORAS NECESARIAS
1.A ENTREGAR AL AREENDATARIO LA COSA ARRENDADA DENTRO DE LA FECHA CONVENIDA
CARACTERITICAS
DE LIBRE DISCUSION
EJECUCION TRACTO SUCESIVA
CONSENSUAL
PRINCIPAL
COMNUTATIVO POR REGLA GENERAL
ONEROSO
BILATERAL
REQUISITOS DE VALIDEZ DEL CONTRATO
SOLEMNIDADES EN LOS CONTRATOS
CONSENTIMIENTO LIBRE DE VICIOS
OBJETO LICITO
CAUSA LICITA
CAPACIDAD
ELEMENTOS ESCENCIALES
EL PRECIO
GENERALEMNTE ES EN DINERO, ES SINONIMO DE CANON DE ARRENDAMIENTO
LA COSA
COSAS CORPORALES E INCORPORALES
PARTES
ARRENDATARIO
ES EL QUE RECIBE LA COSA Y ESTA OBLIGADO A PAGAR EL PRECIO
ARRENDADOR
ES AQUEL QUE PERMITE Y HACE LA ENTREGA DE LA COSA
QUE SE PUEDE ARRENDAR
LAS COSAS INCORPORALES
ARTICULO 653 CODIGO CIVIL: DERECHOS REALES, PERSONALES,PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUTRIAL.
LAS COSAS CORPORALES
DEFINICION
ES AQUEL EN VIRTUD DEL CUAL UNA PARTE PERMIETE EL USO Y GOCE DE UNA COSA A CAMBIO DE UN VALOR EN DINERO (CONOCIDO COMO CANON DE ARRENDAMIENTO) POR UN TIEMPO DETERMIANDO