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por dayana benavides hace 3 años

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INFORMES PSICOLÓGICOS

Los informes psicológicos deben elaborarse respetando normas éticas y legales, incluyendo el consentimiento informado y la protección de la información contenida en el informe. Es esencial respetar la dignidad, libertad y autonomía de la persona, grupo o comunidad a la que se refiere el informe, así como proteger los documentos de respaldo.

INFORMES PSICOLÓGICOS

Estas afirmaciones no aportan mayor comprensión de la persona a menos que sean explicadas y particularizadas en cada caso.

INFORMES PSICOLÓGICOS

FINALIDADES DE LOS INFORMES PSICOLÓGICOS.

INFORMES SOCIALES:
Es considerada como una síntesis explicativa respecto a una situación dada como resultado del estudio, valoración y dictamen para el logro de un objetivo determinado. Este documento técnicamente escrito, mediante el cual se pone en conocimiento de una persona o institución la situación de la persona/familia o aspectos de su situación, con el fin de informar, solicitar ayuda o con otros fines relacionados con el “tratamiento del caso”.

Objetivos

Entre los objetivos del informe social tenemos:

Reflexionar sobre el dictamen profesional ya establecido, al reflejar todo el conjunto de datos acerca de la situación de forma escrita.

Facilitar información a otro trabajador social

Promover recursos sociales.

Aportar información para dictamen profesional.

Obtener recursos sociales ya establecidos.

Dar a conocer la existencia y característica de una situación social determinada con el propósito de modificarla.

INFORMES EDUCATIVOS:
El informe psicológico en el campo educativo tiene como finalidad orientar decisiones educativas en las cuales describe la exploración del estado mental del estudiante, así como los resultados de la valoración. A su vez, el profesional incluye la valoración y apariencia en el diagnóstico, así como conclusiones, sugerencias y un posible plan de tratamiento.
INFORMES JURIDICOS:
Es considerado como un medio probatorio esencial en la que se aporta información objetiva, imparcial y veraz. siendo esto impredecible para las diferentes ocasiones en el fallo judicial de un proceso.
INFORME PSICOLÓGICO LABORAL:
Su finalidad es dar un pronóstico sobre el desempeño del individuo, sus competencias y aptitudes más acordes al requisito del perfil. Así poder tomar decisiones en la selección de personal las cuales deben estar fundamentadas en técnicas lógicamente estructuradas, a través de un procedimiento científico.
INFORME PSICOLÓGICO CLINICO:
La finalidad de este informe es recopilar información, orientar pautas de manejo de situaciones, dar un pronóstico, tomar decisiones sobre una futura intervención psicológica. Los resultados de este informe psicológico estan basados en obejtivos terapeuticos. La comunicación de este informe es de forma escrita u oral además de confidencial y cientifica.

Generalidades del informe psicológico

El informe psicológico tiene como propósito asesorar u orientar -desde la ciencia psicológica- la toma de decisiones por parte de la persona o entidad destinaria a la que va dirigido el informe.
Comentarios finales

El informe psicológico comunica aquello que se evaluó y comprendió de una persona, en un momento dado. Por lo tanto es una información importante, pero acotada y temporal, cuya validez dependerá de todo el procedimiento que se dispuso para llegar a su confección.

En su escritura el psicólogo tendrá que:

4) Incluir los aspectos conflictivos y adaptativos.

Valorar las áreas conflictivas y deficitarias, así como las adaptativas y conservadas, e incluirlas en el informe brindará una imagen más completa de la persona.

3) Indicar lo singular.

Se deben articular un conjunto de datos en un sujeto real. Las palabras que se usen deben respetar y responder a su individualidad (Cattaneo, 2001), de tal forma que se lo pueda reconocer en esa descripción.

2) Ser objetivo.

Deberá estar atento a esa incidencia a fin de minimizarla y basar sus interpretaciones y conclusiones en una lectura crítica de los resultados y en las apreciaciones más consistentes.

1) Evitar generalidades

No precisen las características peculiares del evaluado.

Una forma de organización

facilita una práctica ordenadora de nuestra tarea el consignar por escrito los aspectos más significativos para archivar con el material clínico. Con este fin, podrán ser breves, focalizados, a manera de guías, etc. Los informes nos permiten la síntesis y la individualización del caso.

Bleger (1973) Presenta como organización del mismo una guía, pero alerta que no se trata de casilleros que siempre se deben llenar:

11) Posible orientación:

Señalar si faltan nuevos estudios. La forma posible de subsanar, aliviar u orientar al entrevistado.

10) Incluir una posibilidad pronóstica:

Fundamentar los elementos sobre los cuales se basa.

9) Conclusión:

Diagnóstico y caracterización psicológica del individuo. Responder a los objetivos del estudio.

8) Si se trata de un informe muy detallado o muy riguroso:

Incluir resultados de cada test.

7) Descripción de rasgos de carácter y de la personalidad:

Incluir la dinámica psicológica, grado de madurez de la personalidad, características emocionales e intelectuales.

6) Descripción de estructuras de conducta:

Diferenciar las predominantes y las accesorias y los cambios observados.

5) Problemática vital:

Referencia a su vida y conflictos actuales (cambios, temores, aspiraciones, inhibiciones, etc.).

4) Descripción sintética del grupo familiar y de otras personas significativas:

Le da importancia a la constitución, los roles y la dinámica familiar; a la salud, accidentes, enfermedades y a la actitud de la familia frente a ellos.

3) Motivo del estudio:

Por quién fue solicitado y objetivos del mismo, actitud del entrevistado.

2) Procedimientos utilizados:

Entrevistas, tests, registros objetivos, cuestionarios, otros procedimientos.

1) Datos de filiación:

Nombre, edad, sexo, estado civil, nacionalidad, domicilio, profesión u oficio.

Rigor científico del informe psicológico

Fernández Ballesteros (op. cit.) enfatiza y sostiene que deberá ser:

Útil

debe presentar orientaciones concretas, en torno a los objetivos planteados en la evaluación.

Comprensible, para la persona a quien va dirigido.

debe ser redactado teniendo en cuenta al receptor. El lenguaje utilizado, su extensión y su contenido deberán adecuarse con el fin de hacer transmisibles los resultados de la evaluación.

Contrastable, por otros evaluadores.

deberá contar con los datos suficientes para identificar a su autor.

Estilos de informe que deberían ser evitados:

El informe de la Avenida Madison:

Estilo utilizado desafortunadamente por algunos psicólogos como una forma de resolver sus propias dificultades interpersonales. Se utiliza para quedar bien y conquistar el favor de otro profesional o para expresar hostilidad hacia alguien.

No puede seriar más de 4 elementos

No puede esperarse que asuma la responsabilidad por sí mismo

No demuestra una identidad femenina consistente

El estilo anticuado:

Contiene información que es cierta para todos.

Ejemplo

“algunos problemas en el rendimiento escolar”,en qué áreas se presenta, si las causas responden a dificultades de comprensión, a factores emocionales, a la dinámica social, etc.

“Poseedor de una homosexualidad latente”,la manera en que se manifiesta en el comportamiento, si es para el sujeto un problema interpersonal o intrapersonal.

El estilo Barnum:

Son informes que contienen universalidades y ambigüedades.

Ejemplo:

“inteligencia potencial superior a su actual rendimiento”

“dificultades interpersonales”

“dificultad en la expresión de sus impulsos instintivos”

Los informes podrán ser diferentes en cuanto a:

Se debe que respetar el objetivo de la evolución

La forma o al lenguaje

Al contenido

La extensión

NORMAS ÉTICAS Y LEGALES QUE SE DEBE TENER EN CUENTA PARA ELABORAR UN INFORME PSICOLÓGICO:

Los informes psicológicos siempre deben llevar el nombre, firma y número de la o el profesional en Psicología; así como la fecha de su elaboración.
Proteger los documentos de respaldo al informe (pruebas, consentimiento informado, grabaciones, etc.
Contar con el Consentimiento Informado de la persona, grupo o comunidad a la que se refiere el informe (o representantes legales). El consentimiento no solo se refiere a la elaboración del informe sino también, a la información contenida en éste, salvo excepciones señaladas por la ley.
Respetar los límites de la confidencialidad y secreto profesional, de acuerdo con las leyes nacionales, (ley 1090 de 2006) (ley 1164 de 2007), y el Código Deontológico y Bioético.
Respetar la dignidad, libertad y autonomía de la persona, grupo o comunidad a la que va dirigido el informe.
Tener la formación pertinente en el área donde se enmarca el informe.