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por Andrea Velásquez hace 7 años

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La Ley de Protección al Cesante, conocida como Ley 1636 de 2013, establece un sistema de apoyo para personas que han perdido su empleo y se encuentran en situación de cesantía. Para acceder a estos beneficios, los solicitantes deben presentar varios documentos, incluyendo certificados de inscripción en el servicio público de empleo y afiliación a EPS y Fondo de Pensiones.

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LEY DE PROTECCIÓN AL CESANTE- LEY 1636 de 2013

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO ALLEGAR?

¿QUÉ REQUISITOS SE NECESITAN?

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DEL MPC?

3
La cuota monetaria corresponderá a un subsidio familiar proporcional al ahorro que se haya obtenido al momento de iniciar su etapa de cesante, el cual será cancelado por un periodo máximo de seis meses.
2
Aportes en seguridad social en salud y pensión.
1
Serán de carácter monetario, de inserción y capacitación laboral.

¿QUIÉNES PUEDEN SER AFILIADOS DEL MPC?

Cualquier trabajador del sector público o privado deberá estar afiliado de manera obligatoria a una caja de compensación familiar.

¿QUIÉNES CONFORMAN EL MPC?

EL MPC ESTÁ CONFORMADO POR:
4. Las cuentas de cesantías de los trabajadores.
3. El Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante –FOSFEC–.
2. Capacitación general en competencias básicas y en competencias laborales específicas, brindada por el Servicio Nacional de Aprendizaje –Sena–, las Cajas de Compensación Familiar o las instituciones de formación para el trabajo certificadas en calidad.
1. El Servicio Público de Empleo.

¿QUE ES?

Es un sistema que ayuda a los empleados a que sigan aportando a pensiones y salud, hasta por 6 meses, mientras consiguen un nuevo trabajo