por Álvaro Montes hace 2 años
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Se dividen en dos: colombianos que sean residentes en el exterior y colombianos sin capacidad económica que desean contribuir. Los primeros podrán cotizar hasta un máximo de 25 SM.
Trabajadores independientes: su IBC es el 40% de sus ingresos. 12.5% del aporte. Trabajadores dependientes: su IBC es el 100% de su salario. Un 4% del aporte viene del trabajador, mientras que el 8.5% viene de su empleador (12.5%) Pensionados: su IBC es el 100% de la pensión. SI GANA 1SM, aporte 4% SI GANA MÁS DE 1SM HASTA 2SM, aporta 10% SI GANA MÁS DE 2SM, aporta el 12%