Kategoriak: All - trabajador - remuneración - empleador - estabilidad

arabera Kandy Alvarez 3 years ago

225

CÓDIGO DEL TRABAJO

El Código del Trabajo establece normas detalladas para la regulación del empleo y las relaciones laborales. Define claramente las responsabilidades y derechos tanto de empleadores como de trabajadores, incluyendo definiciones específicas de cada uno.

CÓDIGO DEL TRABAJO

CÓDIGO DEL TRABAJO

ARTÍCULOS DEL 8 AL 34

art.34
Sustitución de trabajador.- Si un trabajador dejare de pertenecer al equipo podrá ser sustituido por otro, previa aceptación del empleador.
art.24
Enganche al exterior.-Trabajadores contratados por enganche para prestar servicios fuera del país, estos contratos obligatoriamente deben ser escritos.
art.33
Jefe de equipo.- El jefe elegido o reconocido por el equipo representará a los trabajadores que lo integren
art.32
Contrato de equipo.
art.31
Trabajo de grupo.- Si el empleador diere trabajo en común a un grupo de trabajadores conservará, respecto de cada uno de ellos, sus derechos y deberes de empleador.
art.30
Queda totalmente prohibido el enganche e menores de edad, para prestar sus servicios fuera del país.
art.29
Enganche para el país.- Cuando el enganche de prestar servicios dentro del país pero fuera del lugar de residencia del trabajador este debe ser por escrito.
art.28
El Ministro de Trabajo y Empleo encargará al representante o consular de la República en el lugar donde se hallen los trabajadores contratados darán mayor vigilancia para el cumplimiento del contrato.
art.27
Los trabajadores enganchados no pueden salir del paisa sin la autorización de la Dirección Nacional de Migración.
art.26
Fianza.- Empresarios, contratistas y todos los que se dediquen al enganche de trabajadores destinados a servir fuera del país, están especialmente obligados a rendir fianza
art.25
El enganchador de trabajadores deberá tener en el Ecuador, por el tiempo que duren los contratos y un año más a partir de la terminación de los mismos, un apoderado legalmente constituido
art.23
Sujeción a los contratos colectivos.
art.22
Condiciones en el contrato tácito.
art.21
Requisitos existentes del contrato escrito.
art.20
Autoridad competente y registro
art.19
Contrato escrito obligatorio.
art.18
Contrato escrito.- Puede ser celebrado por instrumento público o por instrumento privado
art.17
*Contratos eventuales. *Contratos ocasionales. *Contratos de temporada.
art.16
* Contratos por obra cierta. * Contrato por tarea. * Contrato por Destajo.
art.15
Contrato a prueba.- Durante el plazo de prueba, cualquiera de las partes lo puede dar por terminado libremente.
art.14
Estabilidad mínima y excepciones.
art.13
* Formas de Remuneración. * Contrato de participación. * Remuneración mixta.
art.12
Contratos expreso y tácito.- Se considera tácito toda relación de trabajo entre empleador y trabajador con condiciones previamente acordadas.
art.11
Existen diferentes tipos de contratos.
art.10
Empleador.- Persona o entidad de cualquier clase el cual contrata y ordena la ejecución de la obra, es aquel al que se presta el servicio.
art.9
Trabajador.- Persona obligada a prestar sus servicios para la ejecución de una obra
art. 8
Contrato individual de trabajo es el convenio en cual una persona se compromete a prestar sus servicios lícitos y personales