PARTES DE LA DIGESTA
Sucesión Pretoriana, Propiedad y Posesión
Herencias, Legados y Fideicomisos
Obligaciones y Relaciones de Familia
Derecho Penal
Obligaciones y ContratoS
Doctrina de la acción y de la protección de los Derechos Reales
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO Y LA JURISDICCION
CORPUS IURIS CIVILIS
El Corpus Iuris Civilis es la mas importante recopilación de Derecho Romano de la historia. una recopilación constituciones imperiales y jurisprudencia romanas desde 117 hasta 565 compuesta por el Codex, la Digesta, las Institutas y las Novelas.
CODEX
El primitivo Codex Iustinianeus de abril 529, modernizado por el Codex repetitae praelectionis del 29 diciembre 534, recopilación de constituciones imperiales que sustituyó al anterior con fuerza de ley;
NOVELAS
534 al 565, nuevas constituciones imperiales que actualizan todo el Corpus Iuris Civilis. Entre ellas podemos encontrar tres colecciones de carácter privado:
Tiberio II, ordenó esta compilación que reunió 168 novelas, en lengua griega
Authenticum: Son 134 novelas ordenadas temporalmente. Se denomina Authenticum, por haber cobrado autenticidad, a través de los juristas de Bolonia, pues mucho tiempo fue tenida como falsa.
Epitome Iuliani: Colección de 124 novelas, ordenadas cronológicamente y escritas en latín, atribuidas a Juliano, un profesor de Constantinopla.
INSTITUTAS
trabajo elemental, destinado a los estudiantes. está dividido en cuatro libros redactados en primera persona:
4-normas sobre las obligaciones nacidas de los delitos y el proceso privado
3-Sucesión legal, obligaciones nacidas de los Contratos y doctrina general de las Obligaciones
2- Cosas, Propiedad, otros Derechos Reales, y el Testamento
1- personas
DIGESTA
Consta de las ideas vertidas en 2.000 obras de treinta y nueve juristas, que contenían aproximadamente 3.000.000 de líneas, que los compiladores, con un maravilloso poder de síntesis, redujeron a 150.000.
Su origen etimológico provienen del latín y griego respectivamente y significan “Colocar en orden” o “Colección completa que lo contiene todo”. la digesta son Partes de las respuestas de los jurisconsultos que habían gozado a partir de Augusto, del ius publice respondend. Comenzó a regir el 30 de diciembre del año 534