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arabera Kattya Siloe Cerrato Calix 19 hours ago

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Creación de una Ley

En un sistema legislativo, el Congreso tiene la responsabilidad de deliberar y votar los proyectos de ley, los cuales deben pasar por un mínimo de tres debates en días distintos, a menos que se considere un caso de urgencia.

Creación de una Ley

Cuando el Ejecutivo devolviere el Proyecto, el Congreso Nacional lo someterá a nueva deliberación y si fuere ratificado por dos tercios de votos, lo pasará de nuevo al Poder Ejecutivo, con esta fórmula: "Ratificado constitucionalmente" y esté lo publicará sin tardanza.

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1. Iniciativa de Ley, facultad exclusiva de los Diputados según el artículo 213 de la Constitución de la República

Según el Artículo 52 de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo

5. Los ciudadanos de conformidad a la Ley de Mecanismo de Participación Ciudadana.
4. El Tribunal Superior de cuentas
3. La Corte Suprema de Justicia en Asuntos de su competencia
2.El Presidente de la Republica
1.Los Diputados

2. Mínimo Tres Debates. ARTÍCULO 214 .- Ningún Proyecto de Ley será definitivamente votado sino después de tres debates efectuados en distintos días, salvo el caso de urgencia calificada por simple mayoría de los diputados presentes.

No fue aprobada
Es aprobada por mayoría simple de los diputados presentes
3. Sanción de la Ley mínimo tres días después de aprobada en el Congreso ARTÍCULO 215 .- Todo proyecto de ley, al aprobarse por el Congreso Nacional, se pasará al Poder Ejecutivo, a mas tardar dentro de tres días de haber sido votado, a fin de que éste le de su sanción en su caso y lo haga promulgar como ley.
Por tanto Ejecutese
Vuelva al Congreso

Summary

ARTÍCULO 2 .- El Poder Legislativo se ejerce por un Congreso Nacional, integrado por ciento veintiocho (128) Diputados Propietarios y sus respectivos suplentes que son electos por un período de cuatro (4) años, mediante sufragio directo por el pueblo.

no será necesaria la sanción en los siguientes casos:

9. En las interpretaciones que se decreten a la Constitución de la República por el Congreso Nacional

8. En las reformas que se decreten a la Constitucion de la República; y

7. En los tratados o contratos que impruebe el Congreso Nacional;

6. En la Ley de Presupuesto;

temporalmente o para suspender sus sesiones o para convocar a sesiones extraordinarias;

5. En los decretos que apruebe para trasladar su sede a otro lugar del territorio de Honduras

4. En los reglamentos que expida para su regimen anterior;

3. En los decretos que se refieren a la conducta del Poder Ejecutivo;

2. En las declaraciones de haber o no lugar a formacion de causa;

1. En las elecciones que el Congreso Nacional haga o declare, o en las renuncias que admita o rehace

Artículo 216 de la Constitución de la Republica

Creación de una Ley