arabera Julio Cala 7 years ago
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Honelako gehiago
Código Penal Artículo 414.
Código Penal Artículo 413.
Desiciones Jurídicas para determinar la efectividad y claridad.
"No existe una error jurídico sino una incorrección moral"
Ex juez Luis Eduardo Beltrán Farias Dejar en libertad a delincuentes.
Ex director de la UIAF. Mario Alejandro Aranguren por el caso de Chuzadas.
Ex contralor distritál, Miguel Ángel Morales Russi Caso del Carrusel de contratos.
Condena de 3 a 8 años de prisión.
Apartarse de la aplicación del derecho.
Es Prevaricato.
Dictar sentencia en función jurisdiccional.
Aplicación del derecho casos Concretos.
Manifestación de abuso de autoridad.
Punible por Juez en estado activo.
Código Penal Artículo 407
Código Penal Artículo 406.
Código Penal Artículo 405.
Yidis política.
Reelección de Uribe.
Acusado en 2008.
Quien recae el daño.
Siempre será tomado como Estado.
El que entrega dádivas, dinero o promesas.
En favor del funcionario público.
El Cohechador.
Condena o pena de 5 a 10 años de cárcel.
Utilidad.
Promesa remuneratoria.
Dádiva.
Inhabilidad de 5 a 8 años
Se puede entender además como una especie de abuso de poder.
Actuación con severidad.
Código Penal Artículo 400.
Penas de 6 meses a 2 años de prisión.
Multas y omisión de funciones públicas.
Empleado oficial con responsabilidad.
Bienes del Estado.
Permita el extravió, perdida o daño.
Código Penal Artículo 399.
Condena de 6 meses a 3 años de prisión.
Uso diferente al oficial o presupuestaria.
Bienes del Estado, empresas o instituciones.
Retención de bienes.
Por error ajeno se hubiese recibido.
Multas entre mil y cincuenta mil pesos.
Penas de 1 a 3 años.
Omisión de Derechos y funciones públicas
Código Penal Artículo 398.
Condena de 1 a 4 años de prisión.
Pena para el autor y el que autoriza.
Autorización de empleado oficial.
Código Penal Artículo 397.
Condena de 6 a 15 años de prisión.
Apropiación en provecho mismo o de un tercero.
Bienes del Estado, Empresas, instituciones.
Recursos monetarios.
Contravía a la Ley.
Función o Disposición del Servidor Público.