FERNANDO CANALES RODRIGUEZ.
El descubrimiento de América y su posterior conquista, tuvo implicaciones jurídicas, como el hecho de marcar a quién le pertenecía, es decir legitimar su propiedad o derechos, que en su caso fue a través de las Bulas Alejandrinas que fueron emitidas en 1493 por el papa Alejandro VI.
En el siguiente mapa vemos las distintas instituciones del Derecho Indiano.
El Descubrimiento y Conquista de las Indias
Encomienda
Era la institución española en América que concedía el derecho a quienes conquistaron los territorios para tener a su cargo a determinado número de indígenas, a los que tenían que proteger, mantener y cristianizar.
Causas:
La evangelización indígena a la religión católica.
Los encomenderos recibían tributos y servicios de indígenas, que generalmente pagaban con trabajos duros.
Repartimiento
Cada población indígena entregaría personal a los españoles para trabajo agrícola y minera.
Causas:
Escasa mano de obra.
Disminución de población indígena.
Desarraigo familiar.
Instrucciones
Las instrucciones son disposiciones expedidas por el Real Consejo de Indias, que regulaban el procedimiento para tomar posesión de las tierras descubiertas e indicaban el comportamiento de los expedicionarios y el trato a los indígenas.
Finalidad:
Frenar el exterminio de los poblados nativos.
Regular las facultades y jurisdicción de las autoridades en los nuevos territorios.
Capitulaciones
Las Capitulaciones Indianas eran escrituras públicas en donde se hacían constar los asientos o pactos en los cuales uno de los contratantes era el propio monarca hispano y el otro, una o varias personas o instituciones privadas.
Se dieron tres tipos de capitulaciones:
1. De descubrimiento
2. De conquista
3. De población.
Huestes
Las Huestes nacian de la Capitalaciones
Pequeño ejército que se formaba para la expedición.
Podían ser de la hueste: marinos, sacerdotes e incluso los propios indígenas, su pago era el reparto del botín.
También tenían que ir autoridades fiscales -oficiales reales- para cobrar los impuestos que correspondían a la Corona de Castilla.
La Corona de Castilla y Cristóbal Colón estipularon las concesiones que se otorgarían como requisito para se le proporcionara el financiamiento que requería para su empresa.
En este instrumento se estableció que las tierras descubiertas se incorporarían a la Corona de Castilla.
Se otorgaron privilegios políticos y económicos a Cristóbal Colón