arabera Milenis Baldovino Crespo 3 years ago
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Honelako gehiago
En términos generales se evalúa la representación de la democracia participativa entorno a la variación de sus aplicaciones e interacciones y la manera como la Corte Constitucional asume el criterio hablado, para pasar al análisis de los mecanismos previstos en la Ley Estatutaria de Colaboración Ciudadana (Ley 134 de 1994), precisando el sentido primordial de propiedades de todos ellos, en el que se hace una breve referencia a la aplicación de esa Ley en los asuntos del medio ambiente en el cual se concluye formulando varias reflexiones de orden socio-político sobre el modelo de democracia participativa en Colombia.
En Colombia existe una serie de aspectos importantes en los cuales radican los mecanismos de participación ciudadana, por lo que conseguir la apertura de los más grandes espacios democráticos no son para nada fácil, puesto que de ahí surgen las iniciativas directas que discute la constituyente y que en efecto convoca al ciudadano a participar en los procesos de participación que expone la asamblea constituyente.
Es un mecanismo de participación ciudadana establecido en el artículo 103 de la constitución política aplicado por la ley 131 y 134 de 1994 y con su modificación Ley 741 de 2002, cuya legislativa se promueve por insatisfacción y se ampara en la ley 1757.
Es un derecho constitucional que posee todos y cada uno de los ciudadanos amparados en el artículo 258 en el cual se le brinda al individuo los mecanismos, instrumentos y condiciones necesarias para dicho ejercicio.
La iniciativa hace referencia al derecho constitucional y político de los ciudadanos para presentar un proyecto de debate frente a los diferentes fueros legislativo que conforman las entidades territoriales.
La iniciativa posee dos características importantes, las cuales pueden cambiar según su naturaleza constitucional ya sea aprobada o derogada legislativa o reglamentaria.
En términos generales el plebiscito radica en un requerimiento que hace el gobierno al pueblo, en donde se busca ratificar la aceptación o la negación frente a una decisión determinada.
Es considerada una de las formas de participación directas de los ciudadanos en materia democrática.
consiste en un análisis sistematizado de carácter general que promueve formalmente la constituyente, poniendo a consideración popular al pueblo.
Este proceso hace parte de una reforma constitucional en el 2015 en la cual se incorporan los ciudadanos democráticamente y popularmente para un organismos que nace de una carta política que confiere la totalidad y la supremacía constitucional del (artículo 241) el cual designa la participación ciudadana en los procesos democráticos y a la vez amplían, fortalecen y profundizan en aspectos importantes que llevaron a la sentencia C- 180 que dio vía libre al terminó democracia en 1994.