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arabera Heidy Izaguirre 2 years ago

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INFRACIONES Y DELITOS FISCLAES (ART 70-115 BIS CFF)

El documento aborda diversas infracciones y delitos fiscales, estableciendo sanciones específicas para cada uno de ellos. Se destacan las sanciones para quienes oculten o destruyan registros contables, realicen registros falsos, o determinen pérdidas fraudulentamente.

INFRACIONES Y DELITOS FISCLAES (ART 70-115 BIS CFF)

Trazadores : sustancia química

ART 90-115BIS

ART 70-91D

TITULO IV

INFRACIONES Y DELITOS FISCLAES (ART 70-115 BIS CFF)

DELITOS FISCLAES

Para perseguir delitos mediante via penal la SHCP
Debra de hacer de conocimiento al ministerio publico
Declarar que sufrió un daño
Formulara querella
Responsables de delitos fiscales
Ayuden dolosamente
Sirvan como instrumento para ejecutarlo
Realicen la conducta
Consienta el delito
Responsable del encubrimiento
Para el servidor mublico

la pena por participación del delito se le aumentaran de 3-6 años de prisión

Ayude a eludir
Con animo de lucro traslade u oculte el delito
Delito continuado la pena aumentara una mitad mas
Delito semejante por varias veces
Delito de contrabando
Quien introduzca o extraiga mercancia

Delito de contrabando calificado cuando cumpla con lo descrito en el art 107

Las sanciones eran iguales para quien comercie, adquiera etc. art 105

Sanciones para contrabando en el art 104

Se presume el delito de contrabando cuando cumple lo marcado en el art 103

Mercancía prohibida

Sin permiso de autoridad competente

Omitiendo el pago total o parcial

Defraudación fiscal
Omite total o parcialmente pago de contribuciones

Sancionaran igual a quien omita enterar a las autoridades etc. art 109

Tiene 3 sanciones que van de tres a nueve años dependiendo lo defraudado

Sanciones de tres meses a tres años
No cuente con controles volumétricos

gas natural

diesel

gasolina

Sea responsable de omitir declaración de información
Determine perdidas con falsedad
Oculte o destruya sistemas y registros contables
Realice registros contables con contenido diferente
Sanción de 3 meses -6 años de presión
Para el depositario que disponga de los productos a su cargos
Sanción de 3 meses-6años
Al que robe de recintos fiscales mercancías si el valor no excede $46840
Sanción de 6 -10 años de prisión
Al que comercialice o trasporte gasolina o diesel que no contengan los trazadores o demás especificaciones de petróleos mexicanos

INFRACIONES

Infracciones por dictamen
Multa al contador del 10%-20% de la contribución omitida
Multas para terceros
$35000-$55000 y se podra aumentar 10%-20% con respecto al art 33 inciso h
Infracciones de los fabricantes o embazadores de bebidas alcohólicas
Multa de $34690-$80950
Infracciones con respecto a la facultad de comprobación
Multas en el art 86 estableciendo como multa mínima $1070-$124740 según sea la falta
Infracciones en las que incurren las instituciones de crédito
Multas establecidas en el art 84-B teniendo como minima$30- maxima$708360
Infracciones relacionadas con llevar contabilidad
Multas establecidas en el art 84 teniendo mínima $230- mayor$69000 desacuerdo a la falta
Infracciones relacionadas con la obligación de pago art 81
Fracción II

Otras multas art 82

Exciten 7 concepto de multad que van mínima $730-maxima$2440

Demás documentos

$1010-$3210

No declarar por medios electrónicos

$10030-$20070

Fuera de plazo

$9390-$18770

Obligaciones no declaradas

$980-$12240

Multas relacionadas con el registro federal ART 79
Fracción VIII-IX

$12180-$24350

Fracción IV

no sera menor de $2080 y mayor 45200

2% de multa

Fracción III

$3040-$6070

Fracción I-II-IV

$2440-$7340

Omisiones por error aritmético sera una multa del 20%-25%
Existen 3 reglas por las cules se aumentan las multas
50%-75% cuando sea por la agravante de la fracción III art 75
60%-90% cuando sea con los agrabantes del art 75
20%-30% siempre cada vez que reincida
Si existieran varias infracciones se aplicaran multas de 55% y 75% de las contribuciones omitidas
Las autoridades podrán fundar y motivar las multas asi sean de comercio exterior
En el art 75 se establecerán los supuestos para las agravantes
La SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO podra condonar
Deberá dar lugar a la suspensión solo en multas firmes
Infracciones
Si podrán omitir las multa si la omisión es por causar de fuerza mayor
Las autoridades que conozcan hecho u omisiones deberán comunicarlos ante a autoridades fiscal para no tener responsabilidad deberá ser dentro de los 15 días desde que conozcan lo sucedido
Serán responsables de la comisión cuando se incumplan las obligaciones fiscales
Las autoridades determinen omisiones
Solo procederá por multas firmes
Podrán reducir al 100 % pero se aplicaran las tasas de recargos
Existirán deducciones de multas que se resolverán en 15 días hábiles.
Podrán solicitar los infractores beneficios siempre y cuando cumplan los requisitos marcados en el art 70-A
Serán independientes del pago de las contribuciones
Para la multa se debera cumplir con las legislación marcada
Si no exceden de $2160130 se podrán reducir en un 50%
Si no se pagan en la fecha se aran actualizaciones