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arabera FATIMA DANIELA MEDINA RAMIREZ 2 years ago

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"LA REALIDAD"

La realidad se define como el modo de ser de los objetos y fenómenos, existiendo fuera de nuestra mente, y puede ser cualquier manifestación de lo ya existente, consciente o no. Se distinguen dos tipos principales de realidad:

MEDINA RAMIREZ FATIMA DANIELA MIERCOLES 26 DE ENERO DE 2022

REFERENCIA BIBLIOGRAFICA - Muñoz, C.. (2007). Teoría del Derecho. Av. Insurgentes Sur 1602, int. 11-1101 Col. Crédito Constructor, Benito Juárez Ciudad de México: OXFORD. - Rodriguez, P & Ocatvia, A. (2017). TEORIA DEL DERECHO. Antonio Caso núm. 12, piso 3, col. San Rafael Cuauhtemoc, CDMX: IURE EDITORES.

"LA REALIDAD"

El derecho como objeto

El derecho es reconocido como un producto social.
El cual surge de las interacciones sociales, se nutre de ellas y a través de su manifestación normativa, regula la conducta de los seres humanos en la sociedad.

Puede considerarse al derecho como objeto de la realidad histórico-social.

La teoría de los objetos

Es una elaboración filosófica la cual tiende a ubicar al hombre en el mundo que lo rodea.
Puede referirse por a:

- Un derecho. - Un objeto físico. - O ente sobre el cual el acto jurídico impone una afectación.

Concepto de realidad

Es el modo de ser de los objetos y fenómenos o la forma de existencia de los mismos fuera de nuestra mente.
Puede ser cualquier manifestación de lo ya existente, se tenga o no conciencia de los objetos.

Existen dos tipos de realidad:

Realidad formal

Son los objetos resultantes de la actividad intelectual.

Realidad factual

Es aquella realidad que puede ser concreta y se manifiesta por hechos o sucesos.

De esta realidad, se derivan dos realidades mas, que son:

Realidad histórico-social

Son los hechos en cuya realización interviene el hombre.

Realidad Natural

Son todos aquellos hechos que suceden por la acción naturales.