arabera Miguel Angel Ramirez Valenzuela 3 years ago
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LA UNIÓN DE HECHO (CPP 1979 y 1993 - Código Civil 1984 DL 295) M.A.R.V. - RNC 11135
La unión de hecho en el ámbito notarial y judicial requiere ciertos pasos y documentación para ser declarada oficialmente. Es necesario que dos testigos confirmen que la pareja ha convivido por al menos dos años de manera continua.
LA UNIÓN DE HECHO (CPP 1979 y 1993 - Código Civil 1984 DL 295) M.A.R.V. - RNC 11135
¿Ante qué autoridad se debe inscribir la unión de hecho?
-Vía judicial.
-Vía notarial.
REQUISITOS
Fijar hogar concubinal, convivir bajo el mismo techo.
Debe ser pública.
Monogámica.
Convivencia mínima 2 años continuos.
Predisposición para cumplir los fines del matrimonio.
Libres de impedimento matrimonial.
Voluntaria.
Unión estable entre un varón y una mujer (heterosexual).
UNIÓN DE HECHO PROPIO Art. 326° del Código Civil (libre de impedimento matrimonial), y la UNIÓN DE HECHO IMPROPIO Art. 402° Inc. 3 del C.C. (con impedimento legal, no están en la posibilidad de contraer matrimonio).
TIPOS DE UNIÓN DE HECHO
Según el artículo 326° del Código Civil, se puede inferir como la unión libre y voluntaria de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial que buscan alcanzar finalidades y deberes semejantes a los del matrimonio.
DEFINICIÓN
Por que el llamado servinacuy (practicado desde la época Pre Inca), con el pasar del tiempo hasta nuestros días es una institución común en nuestra sociedad, siendo necesario su regulación.
¿Por qué a partir de la Constitución de 1979 se otorgó derechos patrimoniales a los convivientes?
Requisitos para la Declaratoria de la Unión de Hecho en vía Notarial y Judicial.
- Declaración de dos testigos indicando que conviven dos años o más.
- Certificado negativo de unión de hecho, expedido por la SUNARP del lugar donde vive.
- Certificado domiciliario de ambos.
- Declaración expresa que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno hace vida en común con otra persona.
- Reconocimiento expreso que viven como mínimo dos años continuos.
- DNI de ambos convivientes.
Derechos reconocidos en la Unión de Hecho.
Tanto la CPP como el Código Civil, regulan que la unión de hecho origina un régimen de sociedad de gananciales.
Derechos sucesorios
Por Ley N° 30007, se establecen derechos y deberes sucesorios similares a los del matrimonio.
Disolución de la Unión de Hecho
Por el matrimonio de ambos concubinos o por el matrimonio de uno de los convivientes con otra persona.
Por decisión unilateral.
Por mutuo acuerdo.
Por ausencia judicialmente declarada, regulada según el artículo 49 del código civil.
Por muerte de uno de los concubinos.
¿Por qué es importante inscribir tu convivencia en la SUNARP?
Por que es la única forma de acreditarla. De otro lado, en el caso de adquisición de bienes, permite inscribirlos a nombre de los concubinos mediante Traslación de Dominio.
La Unión de Hecho se acredita con la inscripción en el Registro Personal de la Oficina Registral del domicilio de los convivientes.
Registro personal.
A partir de la CPP de 1979 se reconoció el derecho a constituir una sociedad de gananciales.