arabera Wallaby ' 4 years ago
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Honelako gehiago
Formulada por Julien Bonnecase tomando como base la Teoría Clásica de las Nulidades de los Actos Jurídicos de la escuela de la exégesis francesa.
Inexistencia
Nulidad absoluta
Es la institución jurídica que se proyecta en la sanción que la ley impone a los actos jurídicos nacidos con el efecto de ilicitud.
Nulidad relativa
Se de al comprobarse que hubo incapacidad, vicios de la voluntad o falta en la formalidad.
Se da cuando se omite un elemento de existencia del acto jurídico, es imprescriptible e inconvalidante.
Indirecto: el objeto material
Directo: Lo que se quiere lograr con el acto jurídico.