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arabera Estudiante Universitario 3 years ago

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Procedimiento Abreviado

La normativa establece el procedimiento para juzgar al Presidente de la República y otros altos funcionarios, comenzando con un antejuicio de mérito ante el Tribunal Supremo de Justicia.

Procedimiento Abreviado

1- En caso de que el juzgamiento corresponda a un tribunal mixto el acusado o acusada podrá solicitar el presente procedimiento una vez admitida la acusación y hasta antes de la constitución del tribunal. 2- Admitir los hechos objeto del proceso en su totalidad, 3- deberá solicitarlo una vez admitida la acusación y antes de la apertura del debate,

Juzgar al Presidente de la República

1- El antejuicio de merito ante el Tribunal Supremo de Justicia, 2- sea decretada la existencia de merito para el enjuiciamiento, 3- el tribunal supremo de justicia previa autorización de la asamblea nacional continuara conociendo de la causa hasta la sentencia definitiva

Previa querella de él o la Fiscal General de la República (procede de oficio)

De acción pública

Art. 377 COPP

FINALIDAD El enjuiciamiento del presidente o presidenta y demás altos funcionarios o funcionarias

Admisión de Hecho

Admisión

Delitos de Acción Publica

Ahorrar el juicio oral (economía procesal)

A instancia de Parte (por el acusado o acusada), una vez que ha sido informada/do de este procedimiento por parte de Juez o Jueza

Art. 376 COPP

Procedimiento Abreviado

Juzgamiento directo por el tribunal de juicio evitando la fase preparatoria

1- Cuando se trate de delitos que no ameriten pena privativa de libertad. 2- Cuando se trate de delitos flagrantes, 3- delitos con pena privativa de libertad no mayor de 4 años (límite máximo)

Jorge Alejandro Arellano V-26959494 Procedimientos Penales Especiales

Se aplica por Acción Pública

Procede a solicitud del Ministerio Public

Art. 372 COPP

Ley