arabera Paola Calva 2 years ago
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Honelako gehiago
Pueden ser Corredores Públicos, Notarios, Contadores externos y Agentes de Comercio.
Se encuentran imposibilitados a ser comerciantes debido a que se encuentran en una situación ventajosa en el comercio.
Prestan sus servicios a quien lo requiera, pero son solo mediadores
Dependientes: Subordinadas al comerciante y lo ayudan en la realización de su actividad.
Factores o gerentes: Administración de los negocios del comerciante
Competencia Leal. Art. 60Bis del CCo.
Usos honestos en materia industrial o comercial.
Conservación de correspondencia Art.16 fracc.IV del CCo.
Guardar la correspondencia que tiene alguna relación con la calidad del comerciante o con los actos que realiza por un periodo de 10 años, incluyendo mensajes de datos
Contabilidad adecuada. Art.16 fracc.III del CCo.
Deberan mantener una contabilidad conforme al artículo 33 del CCo.
Inscrición al Registro Público de Comercio. Art.16 fracc.I del CCo.
Publicar información del comerciante y los actos de comercio que se realizan
Anuncio de la calidad mercantil. Art.16 fracc.I del CCo.
Hacerle de conocimiento a terceras personas el lugar donde se realizan actos de comercio, la calidad del comerciante y por lo tanto crear certeza jurídica.
Agremiación
Exclusividad en ciertas actividades económicas
Concurso mercantil: En caso de insolvencia, poder negociar con los acreedores. El deudor debe vender sus bienes para repartir el valor obtenido con los acreedores
Realiza actos y se sujeta a la ley mercantil
Personas físicas
Características Fracc. I. Art.3 del CCo.
Profesión y dedicarse al comercio
Tener capacidad de ejercicio
Sociedades Mercantiles Extranjeras
Art. 3 Fracc. III del CCo. Agencias extranjeras y sucursales que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.
Sociedades Mercantiles Nacionales
En México son 6
Sociedad cooperativa.
Sociedad en comandita por acciones.
Sociedad anónima.
Sociedad de responsabilidad limitada.
Sociedad en comandita simple.
Sociedad en nombre colectivo
Características
"Conjunto de voluntades jurídicamente organizada para la obtención de un fin, en esta materia es el comercio" (DED, https://bit.ly/3r2sYlG)
Art. 3 Fracc. II del CCo. Deben estar conforme a las leyes mercantiles