arabera miguel plancarte 5 years ago
1471
Honelako gehiago
by UNIVERSIDAD SERGIO ARBOLEDA
by guilly guzman 2016
by Leidy Milena Palacios Ortiz
by DANIELA SANGUINO OSORIO
Articulo 32: Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley y efectuar conforme a este último la separación de los actos o actividades de las operaciones por las que deba pagarse el impuesto por las distintas tasas, de aquellos por los cuales esta Ley libera de pago.
Articulo 28: I:Llevarán los sistemas y registros contables que señale el reglamento II: Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán efectuarse dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que se realicen las actividades respectivas III: Llevarán la contabilidad en su domicilio
Articulo 58 fracción II:Expedir comprobantes por las actividades que realicen y conservar una copia de los mismos a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Articulo 58 fracción I: Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley efectuar los registros en la misma. Cuando se realicen operaciones en moneda extranjera, deberán registrarse al tipo de cambio aplicable en la fecha en que se concierten.
Articulo 38: deberá conservar debidamente archivados, los comprobantes originales de sus operaciones, de tal manera que puedan relacionarse con dichas operaciones y con el registro que de ellas se haga y deberá conservarlos por un plazo mínimo de diez años.
Articulo 37: Todos los registros se llevaran en castellano
Articulo 36: En el libro o los libros de actas se harán constar todos los acuerdos relativos a la marcha del negocio que tomen las asambleas o juntas de socios, y en su caso, los consejos de administración.
Articulo 35:En el libro mayor se debe de anotar por lo menos una vez al mes los nombres o designaciones de las cuentas contables
Articulo 34: Todos los registros deben de estar debidamente encuadernados, empastados al libro mayor
Articulo 33: Esta obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado