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BASES ETICAS Y LEGALES APLICADAS A LA PRACTICA DE LA ENFERMERIA AL MOMENTO DE LA ATENCION

La práctica de la enfermería se fundamenta en principios éticos y legales que buscan garantizar una atención óptima al paciente. Estos principios están respaldados por la Constitución Mexicana, que en su artículo 5° protege la libertad de trabajo, permitiendo a cada individuo dedicarse a la profesión que desee y recibir una remuneración justa.

BASES ETICAS Y LEGALES
APLICADAS A LA PRACTICA
DE LA ENFERMERIA AL 
MOMENTO DE LA ATENCION

BASES ETICAS Y LEGALES APLICADAS A LA PRACTICA DE LA ENFERMERA AL MOMENTO DE LA ATENCION AL PACIENTE PARA UNA MEJOR ATENCION EN TIEMPO Y FORMA

BASES ETICAS Y LEGALES APLICADAS A LA PRACTICA DE LA ENFERMERIA AL MOMENTO DE LA ATENCION

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA EL PERSONAL DE SALUD (CNEGSR)

El Código de Conducta de la Secretaría de Salud establece una guía de comportamiento esperado del personal, siempre con referencia a las prácticas comúnmente aceptadas en las y los profesionales de la salud y las obligaciones laborales contraídas, y se basa en los principios fundamentales de la Bioética. Fortalece asimismo, la identificación del personal con su profesión y con la institución donde labora.
El personal de salud con valores como representante de la Institución

Este capítulo trata lo relativo al personal y sus relaciones con otras instituciones

No se deben aceptar retribuciones de ningún tipo, por trabajos realizados en beneficio de otras instituciones, salvo que ello esté previsto en convenios que involucren a la Institución a la que pertenece el/la trabajador/a o cuando se trate de estímulos autorizados por esta

No se podrán anteponer intereses personales a las labores propias de la Institución, ni perjudicar sus intereses, ni contravenir las leyes que rigen el servicio público.

La participación del personal de salud con otras instituciones deberá ser del conocimiento de las autoridades de la Secretaría.

El personal de salud con valores como docente e investigador/a

Este capítulo trata sobre el comportamiento de las y los profesionales de la salud, relacionados con las actividades de formación, actualización, capacitación e investigación científica.

El personal podrá compartir su tiempo laboral para actividades docentes o de capacitación, de acuerdo con las exigencias y prioridades de su jornada laboral.

La participación en estas actividades exige aprender y dominar habilidades nuevas.

Como organismo dedicado a la atención de la salud, la Institución participa en labores de investigación y desarrollo, sujetas a protocolos muy estrictos, de acuerdo con el método científico y la ética

El personal de salud con valores como trabajador/a

Este capítulo comprende los comportamientos que se esperan del personal de la salud, sus líderes y las y los directivos en relación con la institución en que laboran y con sus compañeros/as de trabajo.

SENSIBILIDAD

Significa tomar en cuenta las opiniones de las personas usuarias sobre los servicios que presta la institución y en la medida que sea factible dar respuestas a sus demandas

INTEGRIDAD

En el contexto de la atención a la salud, significa negarse a aprovechar la información, los bienes muebles e inmuebles, el instrumental médico o de educación, de promoción o de prevención, pertenecientes a la Secretaría y dedicados a atender a las y los usuarios, para fines de lucro o cualquier otro fin personal.

Significa que la o el servidor público de la salud deberá estar dispuesto/a a aceptar y facilitar las revisiones de los procesos que la Institución tenga a bien practicar

TRABAJO EN EQUIPO

Significa conocer y respetar las habilidades de las y los compañeros, y mantener con ellas/os relaciones cordiales y de cooperación, orientadas siempre a un objetivo común, que será el que señale la Institución

Significa estar comprometido/a con el principio ético y jurídico que reconoce la diferencia de las personas y su igual valor ante la ley y la justicia, así como el derecho a la no discriminación por motivo de sexo o cualquier otro

Significa estar comprometido/a con las labores que realiza y consciente de los alcances o consecuencias que ello implica

El personal de salud con valores como ser social

Este capítulo se refiere al tipo de comportamiento del personal de la salud en relación con personas, usuarios/as, familiares y responsables legales.

No es ético demandar o aceptar cualquier tipo de favores que atenten contra el pudor, la moral y las buenas costumbres.

Aunque no sea médico/a ni enfermera/o, el personal de salud puede contribuir, con el consejo y el ejemplo, a promover y difundir hábitos saludables entre las personas usuarias.

Una persona enferma no tiene siempre la presencia de ánimo para comportarse con amabilidad. El personal de salud no está enfermo y sí tiene la obligación de brindar un trato cordial, respetuoso y confidencial.

El personal de salud con valores de profesional

Este capítulo describe las conductas de quienes integran los equipos de trabajo y de sus líderes, esperadas por la población ante situaciones cotidianas y de excepción, en la práctica profesional.

Brindar con mesura, prudencia y calidez a la o el usuario la información que solicita, respetando la dignidad; en el caso de que no se conozca dicha información, enviarle hacia un área mejor informada.

Atender de manera cálida y humana a las y los usuarios del servicio.

Reconocer las propias limitaciones y pedir ayuda cada vez que se tenga una duda o que la persona enferma requiera atención especial.

Estar dispuesto/a ha aprender y ampliar los conocimientos que obtenga por sí misma/o ó a través de la capacitación, para mejorar el desempeño de las actividades encomendadas

Realizar con profesionalismo las tareas que corresponden al puesto, sin descuidar las que le sean encomendadas explícitamente

Valores

Bajo estos valores, Mi Código se convierte en un pacto personal, entre las personas usuarias y yo, por eso:

* Respeto mi trabajo, sigo el Código de Conducta *Trabajo por la igualdad y la no discriminación por motivo alguno *Soy responsable en mi trabajo, sigo el Código de Conducta *Colaboro en mi trabajo, sigo el Código de Conducta *Me comprometo con mi trabajo, sigo el Código de Conducta *Trabajo de tal manera que estoy siempre orgulloso/a de mi trabajo, sigo el Código de Conducta *Ayudo y apoyo a mis compañeras/os y a las personas que solicitan mis servicios, sigo el Código de Conducta * Y al mismo tiempo me obligo a establecer un pacto comunitario, por eso: Unamos nuestro esfuerzo, sigamos nuestro Código de Conducta Con nuestro Código de Conducta hacemos las cosas mejor Nuestro Código de Conducta nos identifica y nos une

Mi Código tiene como objetivo concientizar sobre la aplicación diaria del Código de Conducta para beneficio de todas las personas, enfatizando los principales valores:

ORGULLO

COOLABORACION DE SERVICIO

COMPROMISO

COOLABORACION

RESPONSABILIDAD

IGUALDAD

RESPETO

Dirección General de Calidad y Educación en Salud.

Código de Conducta representa la decantación y síntesis del Código de Conducta de la Secretaría de Salud, con destino al uso cotidiano y consulta rápida de las y los trabajadores de esta Secretaría. Como trabajador/a de la salud, ocupo un lugar crítico, privilegiado, en el servicio público; soy integrante de ese reducido grupo (bomberos/as, policías, médicos/as, enfermeras/os, trabajadores/as sociales, etc.) del cual el público espera ayuda en momentos de tensión grave. Soy en pocas palabras, parte de un servicio público

REGLAMENTO DE INSUMOS PARA LA SALUD DE LA LEY GENERAL DE SALUD

INSUMOS SECCION 3° PARA PRESCRIPCIONES
ARTÍCULO 32

La prescripción en las instituciones públicas se ajustará a lo que en cada una de ellas se señale, debiéndose utilizar en todos los casos únicamente las denominaciones genéricas de los medicamentos incluidos en el Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel o en el Catálogo de Insumos para el segundo y tercer nivel. Por excepción, y con la autorización que corresponda, podrán prescribirse otros medicamentos.

ARTÍCULO 31

Cuando en la receta se exprese la Denominación Distintiva del medicamento, su venta o suministro deberá ajustarse precisamente a esta denominación y sólo podrá sustituirse cuando lo autorice expresamente quien lo prescribe.

El emisor de la receta prescribirá los medicamentos de conformidad con lo siguiente:

II. En el caso de los que no estén incluidos en el Catálogo referido en la fracción anterior, podrá indistintamente expresar la Denominación Distintiva o conjuntamente las Denominaciones Genérica y Distintiva.

I. Cuando se trate de los incluidos en el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables a que hace referencia el artículo 75 de este ordenamiento, deberá anotar la Denominación Genérica y, si lo desea, podrá indicar la Denominación Distintiva de su preferencia

ARTÍCULO 30

El emisor de la receta al prescribir, indicará la dosis, presentación, vía de administración, frecuencia y tiempo de duración del tratamiento.

ARTÍCULO 29

La receta médica deberá contener impreso el nombre y el domicilio completos y el número de cédula profesional de quien prescribe, así como llevar la fecha y la firma autógrafa del emisor

ARTÍCULO 28

Los profesionales a que se refiere el presente artículo deberán contar con cédula profesional expedida por las autoridades educativas competentes. Los pasantes, enfermeras y parteras podrán prescribir ajustándose a las especificaciones que determine la Secretaría.

La receta médica es el documento que contiene, entre otros elementos, la prescripción de uno o varios medicamentos y podrá ser emitida por:

VI. Enfermeras y parteras

V. Pasantes en servicio social, de cualquiera de las carreras anteriores

IV. Médicos veterinarios, en el área de su competencia

III. Cirujanos dentistas

II. Homeópatas

I. Médicos

LEY GENERAL DE SALUD
ARTICULO 1° - La presente ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.

MISION, VISION, VALORES DE LAS INSTITUCIONES DE SALUD

IMSS
VALOREES

INTEGRIDAD EQUIDAD TRANSPARENCIA MEJORA CONTINUA

Por un México con más y mejor seguridad social

La misión del IMSS es ser el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional, para todos los trabajadores y trabajadoras y sus familias

SECRETARIA DE SALUD

Un Sistema Nacional de Salud Universal, equitativo, integral, sustentable, efectivo y de calidad, con particular enfoque a los grupos de la población que viven en condición de vulnerabilidad, a través del fortalecimiento de la rectoría de la autoridad sanitaria y la intersectorialidad; de la consolidación de la protección y promoción de la salud y prevención de enfermedades, así como la prestación de servicios plurales y articulados basados en la atención primaria; la generación y gestión de recursos adecuados; la evaluación y la investigación científica, fomentando la participación de la sociedad con corresponsabilidad.

Establecer las políticas de Estado para que la población ejerza su derecho a la protección a la salud.

VALORES
Son principios éticos, creencias o cualidades sobre los que se asienta la cultura de nuestra empresa, y nos permite crear nuestras pautas de comportamiento.

La definición de los valores de una empresa debe contar siempre con las siguientes características:

La empresa debe poseerlos realmente. Debe creer en ellos. Coherentes y alineados con la empresa. Los empleados deben poseer dichos valores.

Responder a las siguientes preguntas nos ayudara, a definir nuestros valores:

¿Cómo somos? ¿Cuáles son nuestros principios éticos empresariales? ¿En qué creemos?

VISION
La visión tiene un carácter motivador e inspirador, por lo tanto todas las metas que planteemos sobre ella, deben ser obligatoriamente realistas y alcanzables. Sin duda la visión de una organización nos ayudará a guiar a nuestro equipo hacia una meta, nos ayuda a tomar ciertas decisiones complejas, ya que sabemos hacia donde tenemos que caminar, hacia donde debemos dirigirnos

Además una correcta visión empresarial debe contar siempre con las siguientes características:

Clara y sencilla. Entendible por los miembros de la compañía. Positiva, atractiva e inspiradora. Tiene que suponer un desafío. Realista.

Para la definición de la visión de nuestra empresa, nos ayudará responder a las siguientes preguntas:

¿Qué quiero lograr? ¿Dónde quiero estar en el futuro? ¿Qué podría incorporar a la empresa que no esté haciendo? ¿Para quién lo haré? ¿Me dirigiré a otro tipo de clientes? ¿Ampliaré mi zona de actuación? ¿Qué recursos o cualidades debo tener en el futuro para conseguirlo?

MISION
La misión empresarial es una declaración escrita en la que se describe la razón de ser de la empresa y su objetivo principal. Es una declaración de los principios corporativos y debe redactarse expresamente para cada empresa u organización. La misión de una empresa define e informa principalmente de qué es lo que hace la compañía, a que se dedica, actividad en el mercado, cómo lo lleva a cabo, cuál es su propuesta de valor.

Además de contestar a las anteriores preguntas, una misión de una empresa correctamente formulada siempre debe contar con las siguientes características:

Clara y sencilla. Debe indicar a que se dedica la empresa. Diferencia a la empresa de sus competidores. Tiene que ser fácil de recordar para los empleados y los clientes.

Para definir la misión de una empresa, nos ayudará responder algunas de las siguientes preguntas:

¿Qué hacemos? ¿Cuál es nuestro negocio? ¿A qué nos dedicamos? ¿Cuál es nuestra razón de ser? ¿Quiénes son nuestro público objetivo? ¿Cuál es nuestro ámbito geográfico de acción? ¿Cuál es nuestra ventaja competitiva? ¿Qué nos diferencia de nuestros competidores?

ARTICULO 5° DE LA CONSTITUCION MEXICANA

Este artículo protege la libertad de trabajo, por medio de la cual todas las personas tienen el derecho de dedicarse a la profesión, actividad u oficio que libremente deseen, y a recibir por ello la remuneración acordada, de la cual nunca podrán ser privados.
EL RERECHO PADE EJERCER UNA PROFESION

El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de la persona por cualquier causa. Tampoco puede admitirse convenio en que la persona pacte su proscripción o destierro, o en que renuncie temporal o permanentemente a ejercer determinada profesión, industria o comercio.

LA JUSTA RETRIBUCION POR EL TRABAJO

Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 123.

TITULO PARA EJERCER UNA PROFESION

La ley determinará en cada entidad federativa, cuáles son las profesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.

LIBERTAD DE TRABAJO

A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.

CODIGO DE ETICA

DECALOGO DEL CODIGO DE ETICA
La observancia del Código de Ética, para el personal de enfermería nos compromete a:

10.-Fomentar la participación y el espíritu de grupo para lograr los fines profesionales.

9.-Pugnar por el desarrollo de la profesión y dignificar su ejercicio

8.-Asumir el compromiso responsable de actualizar y aplicar los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos de acuerdo a su competencia profesional.

7.-Evitar la competencia desleal y compartir con estudiantes y colegas experiencias y conocimientos en beneficio de las personas y de la comunidad de enfermería

6.-Procurar que el entorno laboral sea seguro tanto para las personas, sujeto de la atención de enfermería, como para quienes conforman el equipo de salud.

5.-Guardar el secreto profesional observando los límites del mismo, ante riesgo o daño a la propia persona o a terceros.

4.-Asumir la responsabilidad como miembro del equipo de salud, enfocando los cuidados hacia la conservación de la salud y prevención del daño.

3.-Mantener una relación estrictamente profesional con las personas que atiende, sin distinción de raza, clase social, creencia religiosa y preferencia política.

2.-Proteger la integridad de las personas ante cualquier afectación, otorgando cuidados de enfermería libres de riesgos.

1.-Respetar y cuidar la vida y los derechos humanos, manteniendo una conducta honesta y leal en el cuidado de las personas.

CAPITULOS
CAPITULO VI LOS DEBERES DE LA ENFERMERA CON LA SOCIEDAD

ARTICULO XXVIII

Buscar el equilibrio entre el desarrollo humano y la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente, atendiendo a los derechos de las generaciones futuras.

ARTICULO XXVII

Poner a disposición de la comunidad sus servicios profesionales ante cualquier circunstancia de emergencia.

ARTICULO XXVI

Prestar servicio social profesional por convicción solidaria y conciencia social.

CAPITULO V LOS DEBERES DE LA ENFERMERA CON SU PROFESION

ARTICULO XXV

Demostrar lealtad a los intereses legítimos de la profesión mediante su participación colegiada

ARTICULO XXIV

Contribuir al desarrollo de su profesión a través de diferentes estrategias, incluyendo la investigación de su disciplina.

ARTICULO XXIII

Mantener el prestigio de su profesión, mediante el buen desempeño del ejercicio profesional.

CAPITULO IV LOS DEBERES DE LAS ENFERMERAS CON SUS COLEGAS

ARTICULO XXII

Mantener una relación de respeto y colaboración con colegas, asesores y otros profesionistas; y evitar lesionar el buen nombre y prestigio de éstos

ARTICULO XXI

Respetar la opinión de sus colegas y cuando haya oposición de ideas consultar fuentes de información fidedignas y actuales o buscar asesoría de expertos.

ARTICULO XX

Ser solidaria con sus colegas en todos aquellos aspectos considerados dentro de las normas éticas

ARTICULO XIX

Dar crédito a sus colegas, asesores y colaboradores en los trabajos elaborados individual o conjuntamente evitando la competencia desleal.

ARTICULO XVIII

Compartir con objetividad sus conocimientos y experiencias a estudiantes y colegas de su profesión.

CAPITULO III LOS DEBERES DE LAS ENFERMERASCOMO PROFESIONISTAS

ARTICULO VII

Actuar con juicio crítico en la aplicación de las normas institucionales, tomando en cuenta la objeción de su conciencia.

ARTICULO XVI

Ser imparcial, objetiva y ajustarse a las circunstancias en las que se dieron los hechos, cuando tenga que emitir opinión o juicio profesional en cualquier situación o ante la autoridad competente.

ARTICULO XV

Ofrecer servicios de calidad avalados mediante la certificación periódica de sus conocimientos y competencias.

ARTICULO XIV

Prestar sus servicios al margen de cualquier tendencia xenófoba, racista elitista, sexista, política o bien por la naturaleza de la enfermedad.

ARTICULO XIII

Contribuir al fortalecimiento de las condiciones de seguridad e higiene en el trabajo.

ARTICULO XII

Evitar que persona alguna utilice su nombre o cedula profesional para atender asuntos inherentes a su profesión.

ARTICULO XI

Asumir la responsabilidad de los asuntos inherentes a su profesión, solamente cuando tenga la competencia y acreditación correspondiente para atenderlos e indicar los alcances y limitaciones de su trabajo.

ARTICULO X

Aplicar los conocimientos científicos ,técnicos y humanísticos debidamente actualizados en el desempeño de su profesión.

CAPITULO II LOS DEBERES DE LAS ENFERMERAS PARA CON LAS PERSONAS

ARTICULO IX

acordar , si fuera el caso , los honorarios que con motivo del desempeño de su trabajo percibirá.

Otorgar a la persona cuidados libres de riesgo , manteniendo un nivel de salud física, mental, y social que no comprometa su capacidad.

ARTICULO VII

Fomentar una cultura de autocuidado de la salud , con un enfoque anticipatorio y de prevención del daño, y propiciar un entorno seguro que prevenga riesgos y proteja a la persona.

ARTICULO VI

Comunicar a la persona los riesgos cuando existan, y los limites que tiene el secreto profesional ante circunstancias que impliquen mala intención o daño a terceros.

ARTICULO V

Mantener una conducta honesta y leal; conducirse con una actitud de veracidad y confidencialidad salvaguardando en todo momento los intereses de la persona.

ARTICULO IV

Proteger la integridad de la persona ante cualquier afectación ocasionada por la mala practica de cualquier miembro del equipo de salud .

ARTICULO III

Mantener una relación estrictamente profesional con la persona , en un ambiente de respeto mutuo y de reconocimiento de su dignidad.

ARTICULO II

Respetar la vida, los derechos humanos y por consiguiente el derecho de la persona a decidir tratamientos y cuidados una vez informado.

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO I

norma la conducta de la enfermería en sus relaciones con la ciudadanía, las instituciones, las personas que demandan sus servicios, las autoridades, sus colaboradores, sus colegas y será aplicable en todas sus actividades profesionales.

PRINCIPIOS
DOBLE EFECTO

Razonamiento ético cuando al realizar un acto bueno surge una consecuencia.

TERAPEUTICO EN SU TOTALIDAD

Norma de la proporcionalidad ,debe advertirse sobre riesgos y beneficios de una acción.

TOLERANCIA

Actitud de la persona que respeta las opiniones, ideas o actitudes de las demás personas aunque no coincidan con las propias.

SOLODARIDAD

Derecho humano fundamental de unión y asociación.

CONFIABILIDAD

Principio adquirido por el profesional por sus conocimientos.

VERACIDAD

Principio ineludible de no mentir o engañar a la persona.

FIDELIDAD

Compromiso a cumplir las promesas y no violar las confidencias que hace una persona.

PRIVACIDAD

Permitir que no se conozca la intimidad corporal o información confidencial del paciente.

VALOR FUNDAMENTAL DE LA VIDA HUMANA

Se refiere a la Imposibilidad de toda acción en modo deliberado para la supresión de la vida Humana.

AUTONOMIA

Respetar a las personas como individuos libres y tener en cuenta sus decisiones, valores y convicciones personales.

JUSTICIA

Valor que permite ser equitativo en el actuar para la satisfacción de las necesidades sin distinción de la persona.

BENEFICIENCIA Y NO MALEFICIENCIA

Se entiende como la obligación de hacer el bien y evitar el mal.

CONCEPTOS
Sobre el hombre, la sociedad, la salud y la propia enfermería de tal forma que considere:

*Al hombre como un ser bio-sico-social dinámico. *A la sociedad como un conjunto de individuos que constituyen un estado social y democrático. *A la salud como un proceso de crecimiento y desarrollo humano. *A la enfermería constituida como un servicio, encaminado a satisfacer las necesidades de salud de las personas sanas o enfermas.

FUNCION
Tocar y despertar la conciencia del profesionista para que el ejercicio profesional se constituya un ámbito de legitimidad y autenticidad en beneficio de la sociedad.
Es un documento que establece los principios éticos ,deberes y obligaciones , que guían el buen desempeño laboral del profesional de enfermería.