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COMPARATIVO DE LAS CONSTITUCIONES DE LOS REGÍMENES PRESIDENCIALES EN AMÉRICA LATINA.

En los regímenes presidenciales de América Latina, la división de poderes es esencial, asegurando que ningún poder pueda atribuirse ni otorgarse a otro, manteniendo así la independencia entre el poder legislativo y el ejecutivo.

COMPARATIVO DE LAS CONSTITUCIONES DE LOS REGÍMENES
PRESIDENCIALES EN AMÉRICA LATINA.

COMPARATIVO DE LAS CONSTITUCIONES DE LOS REGÍMENES PRESIDENCIALES EN AMÉRICA LATINA.

INTEGRANTES: Diaz Toledo Samir- Blas Concepcion Milagros

Facultades del Presidente

Argentina: se compondrá de dos Senadores de cada provincia, elegidos por sus Legislaturas a pluralidad de sufragios. Brasil: se compone de representantes de los Estados y del Distrito Federal, elegidos según el sistema mayoritario. Chile: se integrará con miembros elegidos en votación directa por cada una de las tres regiones del país. Ecuador: Sistema unicameral. No se observa la figura del Senado Perú: Sistema unicameral. No se observa la figura del Senado Paraguay: se compondrá de cuarenta y cinco miembros titulares, como mínimo, y de treinta suplentes, elegidos directamente por el pueblo. Venezuela: se elegirán por votación universal y directa dos senadores por cada Estado y dos por el Distrito Federal.

Elección del Presidente

La elección del presidente será directa, universal, libre y secreta (de acuerdo a lo que la constitución establece).

Poder Ejecutivo

Es ejercido por un sujeto denominado Presidente de acuerdo al texto constitucional de cada país, puede ser Jefe de Estado, Jefe de Gobierno o ambos

Poder Legislativo

Facultades del Congreso

No Reelección

✓Argentina, Brasil, Chile. No elegible para el periodo siguiente, si no con intervalo de un periodo. ✓Perú Transcurrido otro periodo constitucional como mínimo, el expresidente puede volver a postularse. ✓Paraguay . El presidente y el vicepresidente no podrán ser reelectos, solo si el vicepresidente podrá ser electo presidente si su periodo posterior a 6 meses antes de los comicios generales

Facultades Exclusivas de la Cámara de Senadores

Facultades Exclusivas de la Cámara de Diputados.

(Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Venezuela)

División de Poderes

Ningún poder puede atribuirse ni otorgarse a otro ni a persona alguna individual o colectiva. El poder legislativo no puede depositarse en una sola persona y el poder ejecutivo no puede formar parte del poder legislativo.

Elección de Senadores, integración del Senado y No reelección de legisladores.