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jonka marcela muñoz 4 vuotta sitten

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Decreto 1421 del 29 de Agosto 2017

El Decreto 1421 del 29 de agosto de 2017 establece normas para garantizar la educación inclusiva de las personas con discapacidad en Colombia. Busca eliminar gradualmente las barreras existentes, promoviendo la equidad, la participación y el desarrollo de estas personas en el sistema educativo.

Decreto 1421 del 29 de Agosto  2017

Decreto 1421 del 29 de Agosto 2017

Las responsabilidades que deben tener los establecimientos educativos privados y públicos

Proveer las condiciones para que los docentes, el orientador o los directivos docentes, según la organización escolar, elaboren los PIAR.
Ajustes en el manual de convivencia
Hacer seguimiento al desarrollo y los aprendizajes de los estudiantes
Reportar al ICFES
conversación permanente, dinámica y constructiva con las familias o acudientes
Llevar un seguimiento en el desarrollo
Dua enfoque inclusivo
Contribuir a la identificación de signos de alerta en el desarrollo o una posible situación de discapacidad de los estudiantes .
Reporte al simat

¿Qué quiere lograr ?

Eliminar las barreras gradualmente existente
Las personas con discapacidad tienen derecho a la educación
promover
participación
Las condiciones de equidad
aprendizaje
El desarrollo

Contratación

Herramientas
Didácticas
Técnicas
Tecnologicas
Empleos temporales
Docentes de apoyo pedagógico,
Interpretes de la Lengua de señas Colombiana

Recursos financieros

SIMAT, se girará un 20% o porcentaje adicional
la disponibilidad presupuestal

Responsabilidades

Ajustes razonables
Apoyo
Modulo educativo flexible

Ofertas educativas de discapacidad

Bilingüe -Bicultural
Hospitalaria/domiciliaria:
formación de adultos
Subtopic
General

Garantiza a las personas con discapacidad

Condiciones de igualdad
sistema educativo

La permanecia en :

Los ajustes en:
La infraestructura fisica
La infraestructura tecnológica
El apoyo de los recursos idóneos
La dotacion de materiales didacticos
Los servicios transporte y alimentación

Objetivo del decreto

La prestación del servicio educativo para la población con discapacidad desde:
La calidad
La permanencia
El acceso

Principios del Decreto

El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas
La accesibilidad
La igual de condiciones de genero
Igualdad de oportunidades
La no discriminación
Respeto a la libertad y autonomía
El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.

¿Quién?

La secretaria de educación
Las entidades territoriales certificadas