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Organigrama

El proceso de gestión de impedimentos y recusaciones en el ámbito administrativo está regulado por varios artículos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, así como del Código de Procedimiento Civil.

Organigrama

Las decisiones que se profieran durante el trámite de los impedimentos no son susceptibles de recurso alguno

CAPÍTULO VI. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

AGENTES DEL MINISTERIO PUBLICO art 133

TRAMITE DEL IMPEDIMENTO O RECUSACION
si se acepta el impedimento o la recusacion

el funcionario postulado a la elección que siga en votación, participara en el caso que origino el impedimento,

en caso de que no sea posible completar el numero minimo de funcionarios para que se sesione el comite, el comite de onvivencia del nivel central especificara de que se trete el asunto

la recusación se propondrá ante el comité de convivencia con la expresión de la causal alegada.

En caso de que el impedido o recusado sea uno de los representantes de la administración en los comités de convivencia laboral de las direcciones territoriales.

En caso de que el impedido o recusado sea uno de los representantes de la administración el comité de convivencia de nivel central esta designada temporalmente

La recusación será rechazada de plano, cuando el comité de convivencia haya asumido el conocimiento de la causal. En el caso de impedimento las recusaciones se tendrán en cuentan en lo establecido en el artículo 151 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.

recusacion

deberá ser ante el juez, sala, sección o subsección que este conociendo el asunto

si acepta o no la causal

en caso positivo se remplazara por quien siga el orden numérico, atendiendo a su especialidad

impedimento

se deberá expresar la causal y los hechos en que se fundamenten

si es aceptada, sera remplazada por quien siga el orden numérico, atendiendo a su especialidad

si se trata de agente único se solicitara a la Procuraduria General de la Nacion

la designación del funcionario que lo remplace

cuando actúen ante la jurisdicción contenciosa administrativa, quedaran sujetos en las causales previstas para los

* consejeros

* magistrados

* jueces administrativos

causales del art 130 del CPACA

IMPEDIMENTOS Y RECUSACION
causales consagradas en el artículo 150 del código de procedimiento civil.

los miembros de los comités de Convivencia Laboral.

las señaladas en el artículo 30 del código Contencioso administrativo

ARTÍCULO 132. TRÁMITE DE LAS RECUSACIONES.

Se presentara ante los recusados

Si aceptan o no la recusación

El expediente se enviara

A la sección o subsección que le siga en turno

no fundada

Se devolverá el expediente para que la misma sección o subsección continúe el trámite

fundada

ARTÍCULO 131. TRÁMITE DE LOS IMPEDIMENTOS.

• la sección o subsección del Consejo de Estado
El expediente se enviara a:

A la sección o subsección que le siga en turno en el orden numérico

Donde se decidirá de plano sobre el impedimento

no fundados

Se devolverá el expediente para que la misma sección o subsección continúe el trámite del mismo.

fundados

Se pondrá en conocimiento el proceso