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El aprendizaje sobre las TIC ha sido una de las preocupaciones del ministerio de las teologías y las comunicaciones y el ministerio de educación en el cual mediante diversos estudios si bien estas se han dado a conocer y manejar no se hace su debida incorporación.
El uso y la enseñanza de las TIC no es prioridad para algunas comunidades debido a que estas se encuentran apartadas, y por ende no tienen la suficiente comunicación o métodos educativos para que sean enseñadas.
Revocatoria del mandato
Cabildo abierto
Referendo
Iniciativa Popular legislativa
Plebiscito
Defensoría del Pueblo
Procuraduría
Contraloría
Judicial
Legislativo
Ejecutivo
Articulo Nº 95
Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y del ciudadano:
Articulo Nº 82
Artículo 82. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular. Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común.
Articulo Nº 81
Artículo 81. Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos. El Estado regulará el ingreso al país y la salida de él de los recursos genéticos, y su utilización, de acuerdo con el interés nacional.
Articulo Nº 80
Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.
Articulo Nº 79
Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.
Articulo Nº 78
Artículo 78. La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización. Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democráticos internos.
Resolución A/RES/63/117 adoptada el 10 de diciembre de 2008 Articulos Nº 1-22
Artículo 1.- Competencia del Comité para recibir y examinar comunicaciones
Artículo 4.- Comunicaciones que no revelen una clara desventaja
Artículo 5.- Medidas provisionales
Artículo 6.- Transmisión de la comunicación
Artículo 7.- Solución amigable
Artículo 8.- Examen de las comunicaciones
Artículo 9.- Seguimiento de las observaciones del Comité
Artículo 10.- Comunicaciones entre Estados
Artículo 11.- Procedimiento de investigación
Artículo 12.- Seguimiento del procedimiento de investigación
Artículo 13.- Medidas de protección
Artículo 14.- Asistencia y cooperación internacionales
Artículo 16.- Divulgación e información
Artículo 17.- Firma, ratificación y adhesión
Artículo 18.- Entrada en vigor
Artículo 21.- Notificación del Secretario General
Artículo 22.- Idiomas oficiales
Capitulo Nº 1:De los derechos fundamentales Articulos Nº 1-30
Artículo 1
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Artículo 4
Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
Artículo 5
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Artículo 6
Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
Artículo 9
Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
Artículo 11
Artículo 12
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
Artículo 13
Artículo 14
Artículo 15
Artículo 16
Artículo 17
Artículo 18
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículo 20
Artículo 21
Artículo 22
Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
Artículo 23
Artículo 24
Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
Artículo 25
Artículo 26
Artículo 27
Artículo 28
Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los Derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
Artículo 29
Artículo 30
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
Utiliza escenarios para celebrar y compartir la cultura y diversidad del país
Fiesta de las Lenguas
Uno de los principales escenarios para conocer y celebrar la diversidad lingüística que incluye las lenguas indígenas, las lenguas criollas, la lengua del pueblo gitano y la lengua de señas colombiana.(Mincultura,2018).
incluyen jornadas académicas, muestras musicales, dancísticas, talleres experienciales y talleres de lenguas nativas, de señas y criollas.
Se facilita el acceso a los derechos culturales de las poblaciones mediante el reconocimiento y promoción de la diversidad cultural.
Utiliza procedimientos para la supervisar las acciones que se realizan
Cumplimiento de Sentencias
Para el cumplimiento de las órdenes proferidas al Ministerio de Cultura, en las distintas sentencias, se han generado espacios de diálogo interinstitucionales y se han definido rutas metodológicas particualres a los grupos étnicos.(Mincultura,2018).
espacios de diálogo interinstitucionales y se han definido rutas metodológicas particualres a los grupos étnicos
La cultura Colombia dividen en
Víctimas del Conflicto Armado
El Ministerio de Cultura trabaja con las víctimas por la reconciliación y la construcción de paz.(Mincultura,2018).
Acciones que se desarrollan para la reparación integral de las víctimas en el camino de reconstruir caminos de dignidad y reconciliación para la paz.
Fortalecer los procesos de construcción de memoria y reconciliación.
Grupos de interés
Gitana, raizal, palenquera, desmovilizados, desplazados,
Comunidades árabes, campesinas, jóvenes en situación de riesgo, primera infancia afro,
Comunidades víctimas, tribus urbanas, barras bravas.
Población con discapacidad
Desde MinCultura se garantizan los recursos técnicos, económicos y humanos, para promover la inclusión y garantizar la participación de las personas con discapacidad a través de los planes, programas y proyectos culturales que se ofrecen.(Mincultura,2018).
Fortalecer las políticas de inclusión social de poblaciones vulneradas y vulnerables
Pueblo Rrom
La importancia cultural del pueblo rrom radica no sólo en su prolífica producción musical y dancística, sino también en su memoria como pueblo sobreviviente de los procesos de racismo y segregación que se han dado en la historia de la humanidad.(Mincultura,2018).
Proviene de la India y conserva un alto bagajae cultural que lo diferencia de otros pueblos
Cuenta con unos elementos identitarios que los diferencian notablemente de los demás grupos étnicos de al sociedad.
El pueblo rrom se consolida y fortalece como grupo étnico que hacer parte de la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana.
Aporta el 0.01% de la población colombiana
Pueblos indígenas
La Dirección de Poblaciones trabaja en el reconocimiento, representación inclusión y visibilización; concertadas con las comunidades y que resultan en planes, programas y proyectos específicos para los pueblos indígenas.(Mincultura,2018).
Aporta el 3.36% de la población colombiana
Comunidades negras
MinCultura esta comprometido con el reconocimiento de los saberes ancestrales, las tradiciones, los usos, costumbres, las lenguas criollas, el aporte y la participación de las comunidades afrodescendientes en la construcción de un nuevo país.(Mincultura,2018).
Aporta el 10.44% de la población colombiana
Participativo
Democrático
Jurídico
Paz
Libertad
Igualdad
Justicia
Trabajo
El ciudadano competente es aquel que posee diferentes habilidades y conocimientos con las cuales es capaz de generar un cambio y esperanza en este siglo. (EL CIUDADANO COMPETENTE 2014).
Ciudadanía se refiere al conjunto de derechos y deberes a los cuales el ciudadano o individuo está sujeto en su relación con la sociedad en que vive. así mismo, Por tanto, ciudadanía es la condición que se otorga al ciudadano de ser miembro de una comunidad organizada. (significados, 2013)
Deberes
Derechos
Las Competencias Ciudadanas son el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en la sociedad democrática. (MEN, 2012)