El documento aborda las responsabilidades y funciones del Ministro de Protección Social en relación con el Plan de Beneficios de Medicamentos, destacando la importancia del Sistema Nacional de Pensiones y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia.
Unidad 2 - Fase 3 Hipótesis
Presentado:
Por
Niver Alonso González Medina
Código: 1.106.484.675
Grupo: 102031_17
Presentado: A
Tutora:
Betty Castellar
Universidad Nacional Abierta A Distancia – Unad Escuela De Ciencias Administrativas, Contables, Económicas Y De Negocios
Cead Ibagué
Agosto 2021
Valor Por Beneficiario
Funciones
Unidad De Pago De Caja Régimen
Pagos Moderados
Pago De Incapacidades Licencias Del Régimen Contributivo
Sistema De Tarifas
información Anual Del SGSSS
Plan De Beneficios Medicamentos
Plan Obligatorio De Salud
Financiación
fOSYGA
REGIMEN
SUBSIDIADO
Pertenecen las personas sin capacidad de pago que hagan parte del nivel 1, y 2 del SISBEN
CONTRIBUTIVO
Este régimen pertenece a los trabajadores de contrato laboral, formal y a los servidores públicos, pensionados, independientes con capacidad de pago
comisionados expertos
Ministro de hacienda
comisionados del presidente
Ministro de protección social
selección de régimen pensional
SON
régimen de ahorro individual con solidaridad
les garantiza a sus afiliados las siguientes pensiones
auxilio general
pensión por sobreviviebte, o beneficiario
pensión por invalidez
pensión por vejez
SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES
es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.
COMISION REGULADORA EN LA SALALUD
COMPROMISO
SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL EN COLOMBIA
SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
según la ley 100 de 1993, los empleadores tienen la obligación de inscribir a todas las personas que tengan contrato laboral al SGSSS, SGRP, y al SGP, descontando del salario de los trabajadores la suma establecida por la ley, y de aportar un porcentaje calculado con base en el salario mensual del trabajador, para completar las contribuciones.
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
Cada afiliado puede escoger de manera separada la entidad administradora del régimen de pensiones