La asesoría al personal docente, técnico docente y directivo es un proceso formativo que busca mejorar las prácticas educativas y de gestión. Este apoyo puede ser brindado a múltiples escuelas de manera simultánea y es proporcionado por la supervisión escolar, así como por personal directivo con funciones específicas.
REFERENCIAS DE FUENTES -Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente (2017) -Lineamientos Generales para la Prestación del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela en la Educación Básica.
-Recuperado de: http://www.servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx/content/general/docs/2017/LINEAMIENTOS_SATE
CAPITULO III.-APOYO PARA ATENDER NECESIDADES VINCULADAS CON LA RUTA DE MEJORA ESCOLAR
• TRIGESIMO SEGUNDO. -El apoyo podrá ser proporcionado por la supervisión escolar, o bien, está se dirigirá para su atención a la AEL en los casos en que la necesidad expresada supere su ámbito de competencia.
• TRIGÉSIMO PRIMERO. -Apoyo a una o varias acciones específicas que se brindan al personal directivo, docente y técnico docente, de manera individual o colectiva.
CAPITULO V.-ACOMPAÑAMIENTO A LAS ESCUELAS
• CUADRAGÉSIMO SEGUNDO. -Cuando la necesidad técnico pedagógica supere el ámbito de competencia de la supervisión escolar la AEL determinará la instancia que atenderá dicha necesidad
• CUADRAGÉSIMO PRIMERO. -El periodo de acompañamiento comprenderá al menos un ciclo escolar completo, podrá prolongarse al año lectivo siguiente de ser necesario.
• CUADRAGÉSIMO. -El acompañamiento consistirá en el conjunto de acciones que determine la AEL por sí o través de la supervisión escolar
• TRIGESIMO NOVENO. -El acompañamiento es la colaboración continua, planificada y sistemática que brinda la supervisión escolar durante un ciclo escolar
CAPITULO IV.-ASESORIA AL PERSONAL DOCENTE, TÉCNICO DOCENTE Y DIRECTIVO
• TRIGÉSIMO OCTAVO. -La asesoría se brindará a los directores escolares tomará como contenido las prácticas de gestión escolar y el liderazgo de los directivos en las escuelas y de autonomía de gestión
• TRIGESIMO SEPTIMO. -De acuerdo con las necesidades detectadas, la asesoría consistirá de manera enunciativa más no limitativa.
• TRIGESIMO SEXTO. -De manera prioritaria, recibirán asesoría las escuelas que atienden población migrante, con discapacidad y dificultades severas de conducta, comunicación y aprovechamiento.
• TRIGÉSIMO QUINTO. - La asesoría se proporcionará, principalmente en los planteles escolares e implicará la observación, colaboración y diálogo pedagógico.
• TRIGÉSIMO CUARTO. -La asesoría puede ser brindada a varias escuelas o colectivos docentes de manera simultánea, y puede ser proporcionada por la supervisión escolar, atp, personal directivo con funciones de atp.
• TRIGESIMO TERCERO. -La asesoría conlleva un proceso formativo y de fomento de habilidades que desarrolla la supervisión escolar para la mejorad de las prácticas docentes y directivas.
CAPITULO II.-SOLICITUD DE SERVICIOS
• TRIGÉSIMO. -Las escuelas podrán acceder al servicio e acompañamiento cuando la AEL lo determine, en acuerdo con la supervisión escolar
• VIGESIMONOVENO. -Ocasiones en que las escuelas podrán acceder a los servicios de apoyo y asesoría.
• VIGESIMOCTAVO. -El SATE brindará los servicios de apoyo, asesoría y acompañamiento técnico pedagógico.
CAPITULO I.-ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN
• VIGESIMOSEPTIMO. -Necesidades que se darán atención en relación a las evaluaciones internas y externas.
• VIGESIMOSEXTO. -Necesidades en las cuales se enfocarán en dar atención en lo relativo al FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DE LA ESCUELA.
• VIGESIMOQUINTO. - Aspectos de la Práctica docente donde el personal docente y técnico docente enfocarán su atención.
• VIGESIMOCUARTO. - Ámbitos de intervención del SATE
CAPITULO IV. OPERACIÓN DEL SATE
• VIGESIMOTERCERO. -La AEL a través de las supervisiones de zona orientará y desarrollará de manera indicativa mas no limitativa acciones previo al inicio del ciclo escolar, al inicio, durante y antes de finalizar el ciclo escolar.
CAPITULO III. INTEGRANTES DEL SATE, SUS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES.
• VIGESIMOSEGUNDO. -Corresponde a los directivos, docentes, y técnicos docentes a participar y comprometerse en la mejora de sus prácticas educativas.
• VIGESIMOPRIMERO. -Los jefes de sector, de enseñanza, supervisores y ATP en educación física o educación especial, coadyuvaran al SATE.
• VIGÉSIMO. -Coadyuvar en las actividades del SATE los docentes que son objeto de reconocimiento.
• DECIMONOVENO. -Responsabilidades del personal directivo con Funciones adicionales de asesoría técnica
• DECIMOCTAVO. -Funciones del ATP por reconocimiento.
• DECIMOSEPTIMO. -La AEL será la responsable que el ATP por promoción evite desempeñar funciones administrativas ajenas a su cargo
• DECIMOSEXTO. -Responsabilidades del ATP por promoción adscrito en la supervisión escolar
• DECIMOQUINTO. – Describe las responsabilidades que debe asumir el supervisor de zona escolar desarrollar el SATE en las escuelas a su cargo
• DECIMOCUARTO. -Estructura del SATE: 1 supervisor, 2 ATP por promoción, 3 ATP por reconocimiento en secundaria y 1 AT por reconocimiento en actividades directivas
CAPITULO II. DE LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS LOCALES
• DECIMOTERCERO. El Equipo Estatal del SATE no fungirá como autoridad educativa superior ni inmediata de las supervisiones de zona escolar-
• DECIMOSEGUNDO. - Las AEL determinarán la composición, la adscripción del equipo técnico, así como las tareas específicas
• DECIMOPRIMERO. -Se refiere a la organización de las actividades que realizará el Equipo Técnico del SATE y los considerandos que tomará en cuanta para ello
• DÉCIMO. -La AEL conformará un equipo técnico para operar y guiar el desarrollo del SATE en la entidad federativa con los ATP idóneos.
• NOVENO. - Corresponde a las AEL la organización y operación del SATE, así como su seguimiento y evaluación, además describe sus responsabilidades.
CAPITULO I. OBJETIVOS Y CARACTERISTICAS
• OCTAVO. -El SATE opera a todas las escuelas públicas de educación básica, incluye educación indígena, especial y multigrado
• SEPTIMO. – Describe las 9 características del SATE.
• SEXTO. – Describe OBJETIVOS específicos del SATE:
• QUINTO. -Objetivo del SATE, coadyuvar a la mejora del funcionamiento de la escuela y de las practicas docentes y directivas
CAPITULO I. OBJETO, ALCANCE Y GLOSARIO
•CUARTO: Definiciones contenidas en el artículo 4 de LGSPD.
•TERCERO: La SEP regula y orienta a las Autoridades Educativas Locales, así como implementar, desarrollar y evaluar al SATE.
•SEGUNDO: Los Lineamientos son de observancia obligatoria para la Autoridad Educativa Federal y local.
•PRIMERO: Las Autoridades Educativas organizan y operan al SATE en Educación Básica
LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SATE
TITULO TERCERO. ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN Y SERVICIOS