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La normativa que regula el CCD se encuentra en el Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.
Organicos: Son aquellos que muestran la estructura orgánica de la organización, con sus servicios, unidades, oficinas, secciones, etc.
Funcionales: Se basan en el análisis de las actividades de la empresa y no tienen por qué coincidir con la estructura orgánica.
Organico-funcionales: Son una mezcla de los dos anteriores y los más habituales. En ellos, encontramos los sujetos productores.
Por materias o asunto: Muestran el contenido de los documentos.
Dentro de los cuadros de clasificación documental hallamos los siguientes niveles:
Etapas que comprenden los CCD
1ra etapa: -Identificar las características institucionales para la definición de las distintas categorías jerárquicas. -Jerarquización, estableciendo las relaciones entre cada una de las categorías definidas. -Codificación de cada uno de los niveles jerárquicos.
2da etapa: -Verificar con la institución la clasificación que se ha establecido. -Implantar el cuadro en la ordenación del archivo. -Supervisar y asesorar acerca de su aplicación. -Elaborar el material de utilización del cuadro.
Fondo: documentos producidos por una persona física o jurídica en el desarrollo de sus funciones.
Sección o Subsección: subdivisión del fondo identificada con la producción documental de una división
Subserie documental: unidades documentales que forman parte de una serie identificadas de forma separada por sus características específicas
Unidad documental: análisis en los procesos de identificación documental
Unidad documental compleja: documentos organizados y reunidos por el productor para su uso
Serie documental: unidades documentales de estructura y contenido homogéneos emanadas de un mismo sujeto productor.