La reincidencia: Se define a la comisión de hechos punibles o delitos en repetidas oportunidades, es decir, es cuando la persona que ya infringió la ley y fue sentenciada por ello vuelve a cometer cualquier tipo de delito.
Son cometidos por los ebrios y el alcohol es el estimulante buscando para llevarlos a cabo, con ánimos, los actos más deprobables.
En Venezuela desafortunadamente no existen establecimientos especiales destinados a la corrección de los ebrios consuetudinarios, se trata entonces de una facultad que se le da al juez para que haga uso de ella convirtiéndose la pena corporal en una medida de seguridad.
CAUSAS DE ATENUACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL
LA PERTURBACIÓN MENTAL POR EMBRIAGUEZ
Derivado de la ebriedad, que compromete gravemente la conciencia o la libertad de los actos del sujeto.
Delitos graves
Violaciones
Riñas
Lesiones
Homicidios
CAUSAS GENERALES DE AGRAVACIÓN DE LA PENA
Son circunstancias que dan lugar al aumento de la pena normalmente aplicable a una determinada persona por la comisión de un hecho punible.
3. LAS AGRAVANTES ESPECIALES
2. LA REINCIDENCIA.
1. LAS CONSAGRADAS EN EL ARTICULO 77 DEL CODIGO PENAL VENEZOLANO 2° ORDINAL.
LA ENFERMEDAD MENTAL INSUFICIENTE
Son alteraciones de los procesos cognitivos
y afectivos del desarrollo, consideradas como anormales con respecto al grupo social de referencia del cual proviene el individuo
Depresiones: la persona se siente despreciada, y cree que todos le quieren hacer daño, se siente incapaz
Impulsos:obligación de una persona a realizar un acto fatal que considera y sabe que es inmoral, malo, antijurídico, pero que sin embargo realizan
Obsesiones: consisten en neurosis obsesivas compulsivas,que coartan la voluntad de la persona.
Ilusiones: falsa apreciación de la realidad confundiendo personas y objetos con otras cosas.
Delirios: afectan esferas de la conducta
de la persona, sobrevalorando sus aptitudes y sus posibilidades en un campo determinado llevándolo a realizar actos ridículos.
Alucinaciones: creencia de sensaciones inexistentes imaginando oír voces o viendo fantasmas, entre otras
El concurso real de delitos también llamado concurso material: Es cuando con dos o más actos se violan varias disposiciones de la ley penal, o varias veces la misma disposición de la ley penal.
El concurso ideal de delitos: Existe cuando un mismo acto se violan varias disposiciones de la ley penal.
CLASIFICACIÓN
Indefinidas o Indeterminadas
Consentimiento de la víctima
La pobreza, cuando no llegue a la miseria
La condición femenina debido a ciertas alteraciones: menopausia,gestación y post parto,que pueden producir en ella la realización de un delito determinado
La buena conducta predelictual de reo, es decir, la buena conducta anterior a la perpetración del delito
Específicas o Determinadas
Establecen la rebaja de la pena desde
el término medio hasta el mínimo. La primera de ellas se refiere a la minoría de edad por cuanto si para el momento de la realización del hecho punible, el agente no ha alcanzado la edad de 18 años, es realmente inimputable.
La minoría de edad es una causa de inimputabilidad, y por ende, una eximente de responsabilidad penal. En el caso de ser mayor de 18, pero menor de 21 años el agente es penalmente imputable y penalmente responsable, aunque en forma atenuada.
CAUSAS GENERALES DE ATENUACIÓN DE LA PENA
Son aquellas causas por las que se puede generar las circunstancias que dan lugar a la reducción de la pena normalmente aplicable por la comisión de un delito