La regulación establece criterios de calidad para el uso del recurso hídrico en diversas áreas, incluyendo el consumo humano, preservación de flora y fauna, uso agrícola, pecuario, recreativo, industrial, estético, así como actividades de pesca, maricultura y acuicultura.
Transición de los permisos de vertimiento a afcantarillados públicos,Régimen de transición Ajuste de los Planes de Cumplimiento, Vigencia y derogatorias.
Disposiciones finales
Registro de los permisos de vertimientos
proveniencia, visita técnica,efectos,obtención y aprovación de proyectos.
Reglamentación de vertimiento
Plan de Reconversión a Tecnologias LImpias en Gestión de
Vertimíentos
Del Plan de Reconversión a Tecnologías Limpias en Gestión de Vertimientos
Requerimiento y requisitosde permiso de vertimiento,Evaluación ambiental del vertimiento, planes de cumplimiento, sanciones por incumplimiento y dispocisión de residuos
De la obtención de los permisos de vertimiento y planes de cumplimiento
Prohibiciones, requerimientos, actividades prohibidas, reinyecciones, aplicación de la norma,control de vertimientos.
De los vertimientos
criterios de calidad, Competencia para definir los criterios de calidad del recurso hídrico,Rigor subsidiario para definir los criterios de calidad del recurso hfdrico,Criterios de Calidad para usos múltiples,Control de los criterios de calidad del recurso hídrico.
De los criterios de calidad para destinación del recurso
1. Consumo humano y
doméstico. 2.
Preservación de flora y
fauna. 3. Agrícola. 4.
Pecuario. 5. Recreativo.
6. Industrial. 7. Estético.
8. Pesca, Maricultura y
Acuicultura. 9.
Navegación y Transporte
Usos del agua. Para los efectos del
presente decreto se tendrán en cuenta
los siguientes usos del agua:
De la destinación genérica de las
aguas superficiales, subterráneas y marinas
del ordenamiento de
recursos hìdrico
La Autoridad Ambiental Competente deberá realizar el Ordenamiento del Recurso Hídrico con el fin de
realizar la clasificación de las aguas superficiales, subterráneas y marinas, fijar en forma genérica su
destinación a los diferentes usos de que trata el artículo 9° del presente decreto y sus posibilidades de
aprovechamiento