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da XIMENA MENDOZA RUIZ mancano 4 anni

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Derechos Humanos y mecanismos de protección

En el ámbito de la protección de los derechos humanos, existen varios mecanismos diseñados para asegurar que las personas puedan ejercer y defender sus derechos fundamentales. Uno de estos es el habeas data, que permite a los individuos acceder y corregir la información contenida en bases de datos.

Derechos Humanos y mecanismos de protección

Derechos Humanos y mecanismos de protección

MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Requisitos para interponer una acción de tutela
1.cuando el asunto tenga relevancia constitucional. 2. cuando el interesado haya agotado los recursos judiciales ordinarios y extraordinarios antes de acudir al juez de tutela. 3. cuando la petición cumpla con el requisito de inmediatez, de acuerdo con criterios de razonabilidad y proporcionalidad. 4. en caso de tratarse de una irregularidad procesal, cuando esta tenga incidencia directa en la decisión que resulta lesiva de los derechos fundamentales. 5. cuando el accionante identifique, de forma razonable, los yerros de la autoridad judicial que generan la violación y que ésta haya sido alegada al interior del proceso judicial, en caso de haber sido posible. 6. cuando el fallo impugnado no sea de tutela.
Acción de tutela artículo 86 c.n
Esta acción permite que toda persona que sienta que sus derechos fundamentales están siendo vulnerados o amenazados por el estado o por otros particulares en ciertos eventos, pueda reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, de manera ágil y oportuna, su protección inmediata. solo procede para la defensa de los derechos de primera generación o derechos humanos considerados de aplicación inmediata.
Es una acción subsidiaria, es decir, que sólo es posible interponerla cuando no exista otro medio de defensa, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un daño irremediable y mientras se acude a las acciones ordinarias
Los mecanismos de protección de derechos humanos, son mediante el cuales se ejercen acciones legales, con el objeto de proteger los derechos consagrados en la constitución política, ya sea por perdida real, amenaza o vulneración de dichos derechos.

AUTORIDAD COMPETENTE Y EFICACIA DE LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS

Acción de grupo
Busca esta acción lograr la reparación pronta y efectiva de los daños económicos causados a un número plural de personas, mínimo 20, que reúnen condiciones uniformes respecto de la misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas. debe ejercerse dentro de los 2 años siguientes a la ocurrencia del hecho que produjo el daño.
Acciones populares
La acción se interpone en cualquier tiempo ante un juez administrativo cuando el peligro de daño provenga de una autoridad pública, pues si el daño proviene de un particular debe interponerse ante el juez civil. Su finalidad es evitar un daño, hacer cesar un peligro y restituir las cosas a su estado anterior, cuando el daño o peligro sea ocasionado por las autoridades públicas.
Acción de cumplimiento
Permite que los particulares realicen solicitudes respetuosas de forma directa a las autoridades públicas o a los particulares cuando ejercen funciones públicas con el objetivo de obtener una pronta respuesta a su petición, la solicitud puede consistir en una queja, en una solicitud de información o en una consulta. En los casos de quejas, las autoridades tienen 15 días hábiles para contestar; en las peticiones de información disponen de 10; y para responder consultas, de 30 días.
Habeas corpus
Este mecanismo protege el derecho a la libertad individual y tiene lugar cuando una persona ha sido privada de su libertad de manera ilegal o su detención se ha prolongado indebidamente, pudiendo interponer este recurso, el cual debe ser resuelto por el juez. El cual debe ser resuelto en un término 36 horas. lo puede ejercer el mismo afectado, pero también a través de interpuesta persona, ante cualquier autoridad judicial.
Derecho de petición
Las autoridades públicas o a los particulares cuando ejercen funciones públicas con el objetivo de obtener una pronta respuesta a su petición en los casos de quejas, las autoridades tienen 15 días hábiles para contestar; en las peticiones de información disponen de 10; y para responder consultas, de 30 días, igualmente hábiles. si no responden, podrá acudirse a la acción de tutela pues este mecanismo también constituye un derecho fundamental de aplicación inmediata.
Habeas data
El titular de la información contenida en bases de datos podrán consultarla en cualquier momento, ya sea en forma verbal o escrita y su petición debe ser resuelta en término máximo de 10 días hábiles, prorrogables hasta por 5 días hábiles.
La acción de tutela
Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. la protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacerlo. el fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la corte constitucional para su eventual revisión. esta acción sólo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquélla se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable

DERECHOS FUNDAMENTALES

Derecho a ser juzgado en su propio país (art. 35)
Derecho la no declaración contra familiares (art. 33)
Derecho la apelación de sentencias (art. 31)
Derecho el hábeas corpus (art. 30)
Derecho a título de garantías procesales: el debido proceso (art. 29)
Derecho de trabajo (arts. 23, 26)
Derecho de circulación (art. 24)
Derecho de asociación (arts. 38, 39)
Derecho de enseñanza (art. 27)
Derecho de información (arts. 74)
Derecho libertad de expresión (art. 20)
Derecho a la libertad de cultos (art. 19)
Derecho a la libertad de conciencia (art. 18)
Derecho a la libertad (arts. 17, 28)
Derecho a la intimidad (art. 15)
Derecho a la personalidad (arts. 14, 16)
Derecho a la paz (art. 22)
Derecho a la igualdad (arts. 13, 43)
Derecho a la honra (art. 21)
Derecho a la vida (arts. 11, 12)
Su objetivos o finalidad es buscar favorecer el desarrollo integral de la persona y también limitar el poder político del estado y alcanzar la completa realización del bien común.
los derechos humanos o derechos fundamentales, aparecen enunciados en nuestra constitución política y en pactos internacionales, como lo son; la declaración universal de derechos humanos de las naciones unidas y la corte interamericana de derechos humanos. En toda la instancia se busca garantizar total protección, sin que se vulneren ninguno de estos derechos
Considerado inherentes a cada persona, porque hacen parte de la humanidad de cada uno. se nace con ellos, de tal manera que son inalienables e irrenunciables en cuanto son inseparables de la persona, por lo que, no se pueden ceder

DIGNIDAD HUMANA

Son deberes de la persona y del ciudadano, respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.
Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia.
Propender al logro y mantenimiento de la paz.
Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país.
Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales.
Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas
Reconocimiento y garantía que tienen todos individuos en sociedad, en miras de salvaguardar el bien común, además de exaltar y proteger las cualidades de todas las personas de manera individual, busca darle el unas condiciones mínimas de orden material y espiritual, que deben ser garantizadas a todas las personas, por parte del estado y de la sociedad en general, así como se encuentra consagrado en nuestra constitución política colombiana en el artículo 95. la calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla.
El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta constitución implica responsabilidades. toda persona está obligada a cumplir la constitución y las leyes.