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da David Hernandez mancano 12 anni

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EN DEFENSA DEL POSITIVISMO JURÍDICO

La aceptación del derecho se ve como una cuestión de creencias personales y concepciones individuales del mundo. Según pensadores como Hobbes y Hume, las normas supremas, tanto del derecho como de la moral, no son verdades intrínsecas sino herramientas creadas por la sociedad para facilitar la convivencia.

EN DEFENSA DEL POSITIVISMO JURÍDICO

EL CONCEPTO DE DERECHO

POSITIVISMO JURÍDICO

Rechazo incomprensible

A los representantes del iuspositivismo jurídico se les imputa una concepción extremadamente genérica de la esencia del derecho.
Con esta atribución se les asigna también toda una serie de tesis muy diferentes que son las que luego integran la concepción genérica.

Confusión de los antipositivistas (tesis)

Contraponen al 'derecho positivo'(derecho moralmente neutro) el 'derecho moralmente aceptable' como el 'derecho' propiamente dicho.

Rechazadas por los iuspositivistas

5) La tesis del legalismo

Las normas del derecho deben ser obedecidas en todas las circunstancias

3) La tesis de la subsunción

Con medios exclusivamente lógicos, se puede averiguar el derecho que hay que aplicar en el caso concreto.

1) La tesis de la ley

Si en un orden jurídico existe el derecho consuetudinario y derecho judicial depende de las normas básicas, de la constitución de este orden jurídico.

Bien Fundamentadas por los iuspositivistas

2)La tesis de la neutralidad

Una estricta separación entre la atribución de la validez jurídica y la formulación de valoraciones ético-normativas. Admite valoración por parte del creador del derecho.

Un concepto de derecho materialmente neutral, toma mejor en cuenta los fenómenos que hay que describir que un concepto de derecho más estrecho desde el punto de vista de su contenido.

Así se desciben las 'normas sociales'

3. Quien se niegue a obedecer estas normas tiene que contar con las consecuencias amenazadas.

2. Forman parte de un orden normativo que prevé la aplicación de la coacción física y que es aplicado regularmente por los funcionarios estatales.

1. Han sido creadas de acuerdo con la Constitución eficaz de una sociedad .

4) La tesis del subjetivismo

Esta se encuentra opuesta a lo siguiente: existen criterios o pautas objetivamente válidos, es decir, reconocibles por la razón, acerca de cuál debe ser el contenido del derecho.

Las normas suprapositivas no pueden fundamentarse con medios puramente lógicos, tales normas no pueden poseer validez objetiva.

Autor

La aceptación de las normas es un asunto de creencias personales o de una concepción personal del mundo.
Ilustración: Hobbes y Hume
Los criterios normativos, las normas supremas (tanto del derecho como de la moral) no son verdades encontradas por los hombres en una realidad metafísica sino instrumentos de la convivencia social inventados o creados por los hombres.