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da Anahi Bonilla Valdovinos mancano 3 anni

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En México, el reparto de utilidades es un derecho de los trabajadores que se establece en la ley. Sin embargo, hay excepciones para ciertas empresas nuevas, instituciones de asistencia privada y pequeñas empresas sin el capital mínimo requerido.

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DIANA ANAHI BONILLA VALDOVINOS

Bibliografía: -Rivera Robles, D. y Dueñas Peña, E. (2011). Derecho laboral (17° ed.) (pp. 51- 57). Guadalajara, México: Prometeo Editores. -Arreguin, J. (2020). Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). Recuperado 16 de mayo de 2021, de https://www.asnews.mx/noticias/participacion-de-los-trabajadores-en-las-utilidades-ptu/

Elaborado por: DIANA ANAHI BONILLA VALDOVINOS

REPARTO DE UTILIDADES

No reparten utilidades:

Empresas nuevas (menores a 1 año)
Empresas nuevas elaboradores de un nuevo producto (menores a 2 años)

Empresas nuevas de industria extractiva durante el periodo de exploración.

Instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes con fines humanísticos y de asistencia.

Pequeñas empresas que no cuenten con el capital mínimo.

Derechos

Directores, administradores, y gerentes generales no participarán en las utilidades
Los trabajadores de confianza de mejor jerarquía si participan en el reparto.

Los que tengan incapacidad se consideran trabajadores activos

Los trabajadores domésticos no participan

Los trabajadores eventuales tendrán derecho sólo si trabajaron al menos 60 días durante el año.

En la industria de la construcción, la Comisión adoptará las medidas que juzgue convenientes.

Procedimiento

1. El patrón presenta su declaración anual
2. Dentro de los 10 días posteriores el el patrón entregará a los trabajadores de la declaracióm.

3. Dentro de los 30 días posteriores el sindicato o los trabajadores formu- larán ante la Secretaría de Hacienda las observa- ciones convenientes.

4. La resolución definitiva que dicte la Secretaría de Hacienda no admite recurso alguno por parte de los trabajadores.

5. Dentro de los 30 días posteriores el patrón cumplirá con la resolución anterior.

6. Los pagos que haya hecho podrá deducirlos de las utilidades correspondientes a los trabajadores en el ejercicio fiscal siguiente.

Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas

Integrada por representantes de los sectores patronal, obrero y del gobierno
Determina el porcentaje de las utilidades corresponde a los trabajadores

El porcentaje actual es del 10%

La otra mitad se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año

Una mitad se repartirá por igual a los trabajadores cnsiderando los días trabajados

Autoridades que intervienen:

-Secretaría de Hacienda y Crédito Público. -CNPTUE -Oficina de Inspección del Trabajo. -Junta de Conciliación y Arbitraje.

Definición

Renta gravable de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto Sobre la Renta
Plazo de pago

Dentro de los 60 sías después del pago del impuesto anual.