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da fernando fernando mancano 4 anni

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TERCERA VÍA

La tercera vía en el derecho se desarrolló como una respuesta a las limitaciones del iuspositivismo y el iusnaturalismo, buscando nuevas alternativas que integren la filosofía con el derecho.

TERCERA VÍA

TERCERA VÍA

propuesta del numeral VII

critical legal Studies
encontramos en este punto que el derecho es basado en una agrupación de las reglas sociales que están establecidas en las sociedad, en lo anterior se debe tener en cuenta su cultura y tradiciones para así que los comportamientos sociales sean estipulados en reglas y normas.

se va en contra de análisys of law, y también del positivismo, porque dice que el derecho es autónomo y autosuficiente para su aplicación.

A través de la historia conocemos que existieron debates en contra de la hermenéutica jurídica y la argumentación jurídica

ROBETH UNGER uno de los principales representantes persigue la fundamentación de una teoría de emancipación humana ejerce una crítica radical en el modo de pensar jurídico tradicional

propuesta del numeral VI

Principios generales de la ley
son reglas rígidamente utilizadaspara el cumpliento de determinad acción social o para determinar casos de complejidad

los jueces tienen que tener en cuenta los principios generales de la interpretación

la justicia, imparcialidad y la relación del estado con el derecho es pilar fundamental para la buena construcción de la aplicación del derecho

Las reglas requieren interpretación jurídica mientras los principios no y ya están establecidos

propuesta del numeral V

La teoría de la argumentación jurídica
se Basa en al argumentacion analitica.

se caracteriza principalmente por ser un sistema abierto sin llegar a ser absoluto

el discurso racional como función a resolver discusiones, aunque se salgan del contexto del derecho.

en ocasiones se va en contra de la hermenéutica por incluir la metafísica lo cual la hermenéutica lo considera inviable e irracional

propuesta del numeral IV

Hermenéutica jurídica, Historicidad
según la definición de friedreich ernst Daniels, la hermenéutica es el arte de comprender

la hermenéutica es filosofía trascendental

la hermenéutica es una conexión esencial para relacionarse con el derecho

La hermenéutica se va en contra de dogmas como las ideologías de un sistema cerrado, y subsuncion

Sus características principales fueron:

la hermenéutica jurídica como solución a una tercera vía de manera tanto psicológica para despegar de conceptos rígidamente dados, como en el derecho para herramienta de nuevas socluciones
cambio para el iusnaturalismos, enfocados en tratarlo en nuevos o actuales contextos sociales y no en los mismos de siempre.

la argumentación jurídica como nueva alternativa al problema de la historicidad del iusnaturalismo en un contexto actual del derecho, solucionando debates referentes a el naturalismo y el positivismo y su importancia, como una nueva vía

La tercera vía surgió a la necesidad de sobrepasar los conceptos ya estructurados del iuspositivismo y el iusnaturalismo, con el fin de no limitarse a estas corrientes, creando o utilizando nuevas alternativas en el campo del derecho llevando consigo la filosofía en conjunto con el derecho