Reconocimiento de los Pueblos Negros,
Afrocolombianos, Raizales y Palenqueros
en el Marco del Enfoque Étnico y Diferencial
Pautas para la Implementación del
Enfoque Étnico Diferencial
Análisis detallado en clave Étnica - Racial
Mapear buenas prácticas de Intervención
Transferencias de Experiencias
Actuación Directa
Constante Autoanálisis evaluación y aplicación de Medidas Correctivas según los cambios de contexto
Enfoque étnico y Diferencial en lo Público
Experiencias de incorporación del enfoque
étnico-diferencial en las entidades públicas
Ministerio de Salud y
Protección Social, con
apoyo de la OPS
Secretaría de
Educación del Distrito
de Bogotá
Ministerio de Interior
Ministerio de Cultural
Centro Nacional de
Memoria Histórica
Ministerio de
Minas y
Energía
Disposiciones normativas y obligaciones del Estado en favor de los pueblos negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros
- ONU 1948 / ARTICULO 1: DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS -
ONU 1965 / ARTICULO 1: CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DISCRIMINACION RACIAL
ONU 1966 / ARTICULO 7: PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
UNESCO 1978 / ARTICULO 1: DECLARACIÓN SOBRE LA RAZA Y LOS PREJUICIOS RACIALES
OIT 1989 / CONVENIO SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES
ONU 2001 / NUMERAL 108 DE LA CONFERENCIA MUNDIAL CONTRA EL RACISMO,LA DISCRIMINACIÓN RACIAL, LA XENOFOBIA Y LAS FORMAS CONEXAS DE INTOLERANCIA
UNESCO 2001 / DECLARACIÓN UNIVERSAL SOBRE LA DIVERSIDAD CULTURAL
UNESCO 2003 / CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL
UNESCO 2003 / CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN Y LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES
ONU 2005 / CONVENCIÓN AMERICANA CONTRA TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN E INTOLERANCIA
Aquí es preciso anotar, no obstante, que el enfoque étnico se centra en el reconocimiento de un grupo étnico, el cual
tiene una condición objetiva, referida a las características fenotípicas¹ , historia, territorio, costumbres y comportamientos, formas de gobierno propias y lengua o dialecto
común, y una condición subjetiva, la cual atañe a la conciencia de sí.
El enfoque diferencial consiste en reconocer la pluralidad y la diversidad de las poblaciones que, por sus características y condiciones, se encuentran en mayor grado de desventaja y con menores posibilidades de restablecer efectivamente sus derechos, posibilitando el ejercicio de la ciudadanía desde la diferencia mediante la participación activa y los procesos de inclusión en la toma de decisiones.
(MinInterior, s.f.).