by Tomas Bietti 4 years ago
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Toda persona humana goza de la aptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos. La ley puede privar o limitar esta capacidad respecto de hechos, actos simples, o actos jurídicos específicos
Toda persona humana puede ejercer por si misma sus derechos, excepto las limitaciones expresamente expresadas en este código y en una sentencia judicial