door alexandra rivillas 6 jaren geleden
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En caso que la enfermedad sea calificada por la EPS como de origen laboral, el Área de Seguridad y Salud en el Trabajo o quien haga sus veces en la sede envía el FUREP a la ARL con los soportes que ella solicite; la EPS o la persona a quien se realizó el APT debe anexar copia de la Historia Clínica. Si la ARL está en desacuerdo con la calificación del origen de la enfermedad, remitirá el caso directamente a la Junta Regional de Calificación y notificará a la persona y a la Universidad, sobre la decisión.
Si el evento fue calificado como de origen común y la persona no interpuso recurso de apelación, se archiva el reporte en la Historia Ocupacional del servidor público o contratista. Si la persona no está de acuerdo con la calificación tiene las siguientes instancias para apelar: • Primera instancia: ante Junta Regional de Calificación. • Segunda instancia: ante la Junta Nacional de Calificación. • Tercera instancia: ante la justicia ordinaria, quien emite el concepto final.