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av Daniel Zarate 3 år siden

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DERECHO CONSTITUCIONAL Y CIVIL

El texto aborda diversos tipos de derecho, incluyendo el derecho vigente, subjetivo, natural y agrario. Se explican los hechos jurídicos como acontecimientos que producen consecuencias legales sin intención, y se detallan las clases de actos jurídicos, distinguiendo entre conmutativos y aleatorios, unilaterales y bilaterales, y onerosos y gratuitos.

DERECHO CONSTITUCIONAL Y CIVIL

TIPO DE DERECHO

Derecho Vigente

Derecho Natural

Derecho Subjetivo

Derecho Agrario

HECHOS JURIDICOS

Clases de actos jurídicos

Conmutativos y aleatorios: son actos conmutativos en el que las partes en un contrato de compraventa se conocen entre si, conocen el objeto principal y las cantidades y tiempos en el que se llevaran a cabo, por otra parte los aleatorios son cuando se firma un contrato pero que se va a llevar a cabo en un futuro.
Onerosos y gratuitos: los actos onerosos son aquellos en los que las partes obtienen un beneficio o provecho cada una, y los gratuitos son en los que una de las partes obtiene beneficio alguno.
Actos unilaterales y bilaterales: los unilaterales son aquellos en que una sola de las partes esta obligada y la otra no.

acontecimiento de la naturaleza o del hombre que sin intención, producen consecuencias de derecho.

DERECHO CONSTITUCIONAL Y CIVIL

Concepto de persona física y persona moral

Las personas jurídicas se definen como: Un ente susceptible o capaz de tener derechos y obligaciones
Por otra parte, las personas morales se definen como: Según Ferrara son “Asociaciones, o instituciones formadas para la consecución de un fin y reconocidas por la ordenación jurídica como sujetos de derecho.” Según Savigny son “Entes o seres creados artificialmente por la Ley"

NORMA JURÍDICA:

NORMAS SOCIALES
SE DIVIDEN EN 2

-Urbanidad o convencionalismo social Y Morales

Tipos de Normas
EXTERNA

Se ejerce la norma cuando el actuar de una parte viola la integridad o derecho de dos o más personas.

BILATERALES

Un sujeto obligado a dar, hacer o no hacer algo, siempre existe el derecho de otro de exigir el cumplimiento de la obligación.

HETERNOMAS

Es creada por un ente diferente al sujeto que va a ser aplicada y que aun en contra de su voluntad será impuesta.

COERCIBLE

Se obliga a su cumplimiento forzoso por la vía coactiva que tiene la autoridad.

DERECHO

Derecho objetivo
conjunto de normas jurídicas que integran nuestras leyes.

se clasifican en 2 ramas

Derecho Público Derecho Privado

Derecho Privado: Derecho Civil: es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones privadas de las personas en sus obligaciones, bienes, contratos y sucesiones hereditarias. Derecho Mercantil: conjunto de normas jurídicas que regulan los comerciantes y los actos del comercio.

Derecho publico: .-Derecho Constitucional :normas jurídicas que regulas la organización y estructura del gobierno .-Derecho Administrativo :normas jurídicas que regulan la actividad formal del poder ejecutivo Derecho Penal :normas jurídicas que tipifican los delitos y las sanciones que se aplican a los delincuentes .-Derecho Procesal :normas jurídicas que regulan los procedimientos ante las autoridades .-Derecho Laboral : normas jurídicas que regulan las relaciones obrero-patronales.

QUE ES DERECHO?
Conjunto de normas jurídicas impuestas al ser humano por el poder publico, para regular y normar su conducta externa.

FUENTES DEL DERECHO.

Procedimientos para la elaboración de una ley: 1.- Iniciativa de Ley: lo puedo hacer el presidente de la Republica Diputados y Senadores al Congreso de la Unión. 2.- Discusión: es llevada en ambas Cámaras la de Diputados y Senadores. 3.- Aprobación: se tiene que aprobar mediante votación en las dos cámaras. 4.- Promulgación y Sanción: termina formalmente el proceso de creación de Ley. 5.- Publicación: Deberá de ser de observancia general para todos los ciudadanos y se publica en el Diario Oficial de la Federación. pic

Las fuentes del derecho se les llama a los muy diferentes procedimientos que hay para crear el derecho que nos regula

La ley: Es la fuente formal más importante para el derecho, es el proceso de la creación de la norma jurídica por excelencia. La costumbre: La inveterada repetición de actos jurídicos considerados de observancia obligatoria por la sociedad. Jurisprudencia: Son los fallos o interpretaciones que de la ley que hacen los tribunales al resolver cinco casos iguales en forma consecutiva. La doctrina: Estudio de los juristas acerca de determinados tópicos o normas del derecho a fin de conocer su contenido y fijar su alcance.