TIP: Es recomendable emplear en el acuerdo una cláusula de salvaguarda, para que al menor retraso no entremos en incumplimiento.
SI LLEGASTE HASTA AQUÍ FELICITACIONES, AHORA EMPEZARÁS A EJECUTAR EL ACUERDO.
Y será el juez del concurso quien a través de audiencia de confirmación de acuerdo dará el aval legal
Prorrogables si media una justa causa objetiva
Si no perduran las objeciones, y una vez en firme los proyectos, se contará con 4 meses para negociar.
Cuando aún persiten controversias o por control de legalidad, el juez convocará a audiencia de resolución
de objeciones
Acepta
Rechaza
Concilia
Traslado al deudor de las objeciones por 3 días
De estos proyectos se dará el traslado para que, si se presenta alguna objeción sea interpuesta dentro de los 5 días siguientes.
CUANDO EL PATRIMONIO SEA NEGATIVO ESTOS TENDRÁN DERECHO A UN VOTO
¿QUÉ HACER SI MI ACRRENCIA NO FUE TENIDA EN CUENTA EN LA CALIFICACIÓN O EN EL ACUERDO FINAL?
DESPUÉS DE QUEDAR EN FIRMA EL ACUERDO DE REORGANIZACIÓN
Hacerse parte del proceso de reorganización, pero es necesario la aprobación de los demás acreedores
Perseguir a los contadores, administradores y revisores fiscales solidariamente en búsqueda del pago de la acreencia ART 26 INCISO FINAL LEY 1116/06
ANTES DE QUEDAR EN FIRME LOS PROYECTOS DE CALIFICACIÓN
Presentar objeción dentro de los 5 días siguientes
los acreedores pueden iniciar procesos ejecutivos para garantizar el pago de las obligaciones
Pueden aún hacerse parte dentro del proceso de reorganizacion
Se requiere la aprobación de los demás acreedores
Se pagan como gastos de administración
¿QUÉ PASA SI NO SE LOGRA LA MAYORÍA EN EL ACUERDO?
Artículo 31 Ley 1116 de 2006 establece las categorias de acreedores y la forma en la cual se desarrolla la votacion del acuerdo
Categoria D: Acreedores
Externos
Categoria D: Acreedores
internos
Categoria C: Entidades
Financieras
Categoria B: Entidades
Publicas
Categoria A: Acreedores laborales
Busca la concurrencia de varios interéses, relación entre deudor y acreedores, que confluyen o concursan en un estadio para la reoganización de las deudos o liquidación ordenada
FINALIDAD
¿ QUE SUCEDE SI FALLA EL ACUERDO ?
C. Posibilitarle al Estado Colombiano un desarrollo económico
B. Posibilidad que un acreedor recupere recursos de forma conciliadora
A. Conservar puestos de trabajo
¿ QUE SUCEDE CON LAS DEUDAS POSTERIORES AL ACUERDO?
DEL PROCEDIMIENTO
Es un proceso de única instancia
Es viable la tutela en caso de vulneración de derecho fundamentales de un acreedor.
MARCO NORMATIVO VIGENTES DE INSOLVENCIA EN COLOMBIA
Persona Natural no Comerciante
Acuerdos de negociación
Validación
Liquidación patrimonial
Artículos 530 y siguientes del Código General del Proceso
Ley 1116 de 2006
Reorganizacion Empresarial y
Liquidacion Judicial
Decreto 772 del 2020
Decreto 560 del 2020
Ley 550 de 1999
Régimen aplicable a los entes territoriales, no se aplica a las sociedades comerciales
Finalidad del acuerdo
RECURSOS ante las actuaciones
LA REORGANIZACIÓN
LIQUIDACION JUDICIAL
La calificación y graduación de los creditos y fijación de votos tienen en cuenta las clases y las categorías respectivamente.
AMBITO DE APLICACIÓN
INICIO DE LA REORGANIZACIÓN COMO ÚLTIMA RATIO artículo 9 de la ley 1116 de 2006
C. Ley 2069 de 2020 No cumplimiento del negocio en marcha.
B. Incapacidad inminente de pago.
A. Cesación de pagos, por incumplimiento por 90 días o más de dos o más obligaciones a dos o más acreedores o demandas ejecutivas.
CAUSALES DE INSOLVENCIA
LA LEY DE INSOLVENCIA CUENTA CON UN FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL UBICADO EN LOS ARTICULOS 116, 333, 334 DE LA CARTA POLITICA.
Artículo 116 Constitución Política, artículo 5 ley 1116/06 y Art 6 ley 1116/06
Tipos de Juez
Concursal
Funciones jurisdiccionales
Funciones administrativas
Ordinario de circuito
¿ QUE ES LA REORGANIZACION EMPRESARIAL EN PALABRAS SIMPLES ?
Es un proceso de negociación realizado entre el deudor (empresario o comerciante) y sus acreedores que posibilita la normalización de los créditos (deudas) en un momento de crisis y busca ser confirmado por una autoridad con función jurisdiccional.
¿POR QUÉ RAZÓN NACEN LOS PROCESOS CONCURSALES DESDE UNA OPTICA GENERAL ?
Posibilidad de desarrollo económico al interior del Estado
Eventos fortuitos ejemplo: Covid 19 pandemias
Cambio climático
Pobreza mundial
Crisis financiera
ANTECEDENTES HISTÓRICOS NORMATIVOS, FRENTE LA CRISIS ECONOMICA DE LA EMPRESA EN COLOMBIA, NO VIGENTES.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS NORMATIVOS, FRENTE LA CRISIS ECONOMICA DE LA EMPRESA EN COLOMBIA, NO VIGENTES.
Concordato preventivo
Decreto 350 de 1989
Codigo de Comercio 1971
Decreto 2264 de 1969
Estado de quiebra
Decreto 2264 de 1969
(liquidación en los casos
exceptuados)
Decreto 750 de 1940
PALABRAS CLAVE: - - CRISIS FINANCIERA - ACUERDO - CONVENCION - ACREEDORES - SUJETOS - REORGANIZACION - RESIDUALIDAD - LIQUIDACION
LA ADMISION DA INICIO AL PROCESO DE REORGANIZACIÓN. Donde se tienen en cuenta las deudas anteriores.
Artículo 24 Ley 1116 de 2006 El deudor presentará proyecto de calificación y graduación de créditos que respetará las clases establecidos por el Código Civil.
Derechos litigiosos
Deberá constituirse una provisión contable para atender el pago
5. Quinta Clase
Acreedores Quirografarios
4. Cuarta Clase
Proveedores Estrategicos denominados por el deudor en el proyecto de calificación de créditos
3. Tercera Clase
Acreedores Hipotecarios
2.Segunda Clase
Promitentes compadores de vivienda
Acreedores con Garantias Mobiliarias
Decreto 1074 de 2015
Ley 1676 de 2016
1. Primera clase
Parafiscales
Aspectos destacados
Fiscales
Laborales
Exclusion
Deudas de tipo pensionales y seguridad social.
La sociedad con deuda pensionales no son negociadas dentro del proceso de reorganizacion deben normalizar el pasivo pensional
EFECTOS DEL PROCESO
Suspende el cobro de intereses moratorios
Suspende los proceso ejecutivos y procesos de cobro ART 20 LEY 1116/06
Añada el evento aquí.
Los procesos en curso deben ser remitidos al juez de concurso
SE DEBE TENER EN CUENTA QUE LAS CLASES DE CRÉDITOS SON DIFERENTES A LAS CATEGORÍAS
Añada la fecha aquí.
Cuando hablamos de categorías nos referimos a las mayorías que tienen mayor incidencia en el voto favorable al proceso de reorganización. Pues al iniciar el proceso de reorganización el deudor debe contar con una mayoría de votos de sus acreedores para que el juez concursal acepte la negociación de sus pasivos. Específicamente podemos encontrar lo anterior en el articulo 24 de la ley 1116/06.
Las clases de crédito obedece al orden en que deben ser pagadas las deudas de acuerdo a la naturaleza de la obligación.
Puede añadir unos aspectos destacados aquí o si quiere añadir una descripción detallada puede usar la función de las notas.
Ley 1116 del 2006 LEY INSOLVENCIA EN COLOMBIA
Decretos expedidos durante
la pandemia del COVID-19
Decreto 2264, reguló lo no previsto en el
750 e introdujo el concordato
¿SOBRE QUIENES RECAE LA PRESEBTE LEY?
4. Sociedades comerciales
3. persona natural comerciante
2. Sucursales de sociedades extrajeras en territorio colombiano
1. Persona natural NO COMERCIANTE controlante de una sociedad sometida a la ley 1116 de 2006.
PARA ATENDER CONTINGENCIAS COMO
EXCLUSIONES EN LA APLICACIÓN ARTÍCULO 3 IBIDEM
INTRODUCCIÓN AL CONCURSO Y PROCESO DE REORGANIZACIÓN.
El objetivo principal de las líneas de tiempo es mostrar una serie de acciones en un intervalo de tiempo determinado. Las líneas de tiempo pueden abarcar un periodo de tiempo mayor, pero no deben ser muy detalladas. Sin embrago, es posible añadir imágenes, datos o figuras.