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por Santiago Urrea Pérez 1 ano atrás

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INTRODUCCIÓN AL CONCURSO Y PROCESO DE REORGANIZACIÓN.

El proceso de reorganización empresarial se inicia con la admisión y tiene en cuenta las deudas previas. Los créditos se califican y gradúan según clases establecidas por el Código Civil y categorías que afectan la votación.

INTRODUCCIÓN AL CONCURSO Y PROCESO DE REORGANIZACIÓN.

TIP: Es recomendable emplear en el acuerdo una cláusula de salvaguarda, para que al menor retraso no entremos en incumplimiento.

SI LLEGASTE HASTA AQUÍ FELICITACIONES, AHORA EMPEZARÁS A EJECUTAR EL ACUERDO.

Y será el juez del concurso quien a través de audiencia de confirmación de acuerdo dará el aval legal

Prorrogables si media una justa causa objetiva

Si no perduran las objeciones, y una vez en firme los proyectos, se contará con 4 meses para negociar.

Cuando aún persiten controversias o por control de legalidad, el juez convocará a audiencia de resolución de objeciones

Acepta

Rechaza

Concilia

Traslado al deudor de las objeciones por 3 días

De estos proyectos se dará el traslado para que, si se presenta alguna objeción sea interpuesta dentro de los 5 días siguientes.

CUANDO EL PATRIMONIO SEA NEGATIVO ESTOS TENDRÁN DERECHO A UN VOTO

¿QUÉ HACER SI MI ACRRENCIA NO FUE TENIDA EN CUENTA EN LA CALIFICACIÓN O EN EL ACUERDO FINAL?

DESPUÉS DE QUEDAR EN FIRMA EL ACUERDO DE REORGANIZACIÓN

Hacerse parte del proceso de reorganización, pero es necesario la aprobación de los demás acreedores
Perseguir a los contadores, administradores y revisores fiscales solidariamente en búsqueda del pago de la acreencia ART 26 INCISO FINAL LEY 1116/06

ANTES DE QUEDAR EN FIRME LOS PROYECTOS DE CALIFICACIÓN

Presentar objeción dentro de los 5 días siguientes

los acreedores pueden iniciar procesos ejecutivos para garantizar el pago de las obligaciones

Pueden aún hacerse parte dentro del proceso de reorganizacion

Se requiere la aprobación de los demás acreedores

Se pagan como gastos de administración

¿QUÉ PASA SI NO SE LOGRA LA MAYORÍA EN EL ACUERDO?

Artículo 31 Ley 1116 de 2006 establece las categorias de acreedores y la forma en la cual se desarrolla la votacion del acuerdo

Categoria D: Acreedores Externos

Categoria D: Acreedores internos

Categoria C: Entidades Financieras

Categoria B: Entidades Publicas

Categoria A: Acreedores laborales

Busca la concurrencia de varios interéses, relación entre deudor y acreedores, que confluyen o concursan en un estadio para la reoganización de las deudos o liquidación ordenada

FINALIDAD

¿ QUE SUCEDE SI FALLA EL ACUERDO ?

C. Posibilitarle al Estado Colombiano un desarrollo económico

B. Posibilidad que un acreedor recupere recursos de forma conciliadora

A. Conservar puestos de trabajo

¿ QUE SUCEDE CON LAS DEUDAS POSTERIORES AL ACUERDO?

DEL PROCEDIMIENTO

Es un proceso de única instancia

Es viable la tutela en caso de vulneración de derecho fundamentales de un acreedor.

MARCO NORMATIVO VIGENTES DE INSOLVENCIA EN COLOMBIA

Persona Natural no Comerciante

Acuerdos de negociación Validación Liquidación patrimonial
Artículos 530 y siguientes del Código General del Proceso
Ley 1116 de 2006

Reorganizacion Empresarial y Liquidacion Judicial

Decreto 772 del 2020
Decreto 560 del 2020

Ley 550 de 1999

Régimen aplicable a los entes territoriales, no se aplica a las sociedades comerciales

Finalidad del acuerdo

RECURSOS ante las actuaciones

LA REORGANIZACIÓN

LIQUIDACION JUDICIAL

La calificación y graduación de los creditos y fijación de votos tienen en cuenta las clases y las categorías respectivamente.

AMBITO DE APLICACIÓN

INICIO DE LA REORGANIZACIÓN COMO ÚLTIMA RATIO artículo 9 de la ley 1116 de 2006

C. Ley 2069 de 2020 No cumplimiento del negocio en marcha.

B. Incapacidad inminente de pago.

A. Cesación de pagos, por incumplimiento por 90 días o más de dos o más obligaciones a dos o más acreedores o demandas ejecutivas.

CAUSALES DE INSOLVENCIA

LA LEY DE INSOLVENCIA CUENTA CON UN FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL UBICADO EN LOS ARTICULOS 116, 333, 334 DE LA CARTA POLITICA.

Artículo 116 Constitución Política, artículo 5 ley 1116/06 y Art 6 ley 1116/06

Tipos de Juez
Concursal

Funciones jurisdiccionales

Funciones administrativas

Ordinario de circuito

¿ QUE ES LA REORGANIZACION EMPRESARIAL EN PALABRAS SIMPLES ?

Es un proceso de negociación realizado entre el deudor (empresario o comerciante) y sus acreedores que posibilita la normalización de los créditos (deudas) en un momento de crisis y busca ser confirmado por una autoridad con función jurisdiccional.

¿POR QUÉ RAZÓN NACEN LOS PROCESOS CONCURSALES DESDE UNA OPTICA GENERAL ?

Posibilidad de desarrollo económico al interior del Estado

Eventos fortuitos ejemplo: Covid 19 pandemias

Cambio climático

Pobreza mundial

Crisis financiera

ANTECEDENTES HISTÓRICOS NORMATIVOS, FRENTE LA CRISIS ECONOMICA DE LA EMPRESA EN COLOMBIA, NO VIGENTES.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS NORMATIVOS, FRENTE LA CRISIS ECONOMICA DE LA EMPRESA EN COLOMBIA, NO VIGENTES.

Concordato preventivo

Decreto 350 de 1989
Codigo de Comercio 1971
Decreto 2264 de 1969

Estado de quiebra

Decreto 2264 de 1969 (liquidación en los casos exceptuados)
Decreto 750 de 1940

PALABRAS CLAVE: - - CRISIS FINANCIERA - ACUERDO - CONVENCION - ACREEDORES - SUJETOS - REORGANIZACION - RESIDUALIDAD - LIQUIDACION

LA ADMISION DA INICIO AL PROCESO DE REORGANIZACIÓN. Donde se tienen en cuenta las deudas anteriores.

Artículo 24 Ley 1116 de 2006 El deudor presentará proyecto de calificación y graduación de créditos que respetará las clases establecidos por el Código Civil.

Derechos litigiosos
Deberá constituirse una provisión contable para atender el pago
5. Quinta Clase
Acreedores Quirografarios
4. Cuarta Clase
Proveedores Estrategicos denominados por el deudor en el proyecto de calificación de créditos
3. Tercera Clase
Acreedores Hipotecarios
2.Segunda Clase
Promitentes compadores de vivienda
Acreedores con Garantias Mobiliarias

Decreto 1074 de 2015

Ley 1676 de 2016

1. Primera clase
Parafiscales

Aspectos destacados

Fiscales
Laborales
Exclusion
Deudas de tipo pensionales y seguridad social.

La sociedad con deuda pensionales no son negociadas dentro del proceso de reorganizacion deben normalizar el pasivo pensional

EFECTOS DEL PROCESO

Suspende el cobro de intereses moratorios
Suspende los proceso ejecutivos y procesos de cobro ART 20 LEY 1116/06

Añada el evento aquí.

Los procesos en curso deben ser remitidos al juez de concurso

SE DEBE TENER EN CUENTA QUE LAS CLASES DE CRÉDITOS SON DIFERENTES A LAS CATEGORÍAS

Añada la fecha aquí.

Cuando hablamos de categorías nos referimos a las mayorías que tienen mayor incidencia en el voto favorable al proceso de reorganización. Pues al iniciar el proceso de reorganización el deudor debe contar con una mayoría de votos de sus acreedores para que el juez concursal acepte la negociación de sus pasivos. Específicamente podemos encontrar lo anterior en el articulo 24 de la ley 1116/06.
Las clases de crédito obedece al orden en que deben ser pagadas las deudas de acuerdo a la naturaleza de la obligación.

Puede añadir unos aspectos destacados aquí o si quiere añadir una descripción detallada puede usar la función de las notas.

Ley 1116 del 2006 LEY INSOLVENCIA EN COLOMBIA

Decretos expedidos durante la pandemia del COVID-19

Decreto 2264, reguló lo no previsto en el 750 e introdujo el concordato

¿SOBRE QUIENES RECAE LA PRESEBTE LEY?

4. Sociedades comerciales

3. persona natural comerciante

2. Sucursales de sociedades extrajeras en territorio colombiano

1. Persona natural NO COMERCIANTE controlante de una sociedad sometida a la ley 1116 de 2006.

PARA ATENDER CONTINGENCIAS COMO

EXCLUSIONES EN LA APLICACIÓN ARTÍCULO 3 IBIDEM

INTRODUCCIÓN AL CONCURSO Y PROCESO DE REORGANIZACIÓN.

El objetivo principal de las líneas de tiempo es mostrar una serie de acciones en un intervalo de tiempo determinado. Las líneas de tiempo pueden abarcar un periodo de tiempo mayor, pero no deben ser muy detalladas. Sin embrago, es posible añadir imágenes, datos o figuras.