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av Carlos Tello 3 år siden

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ley 5 del 11 de enero de 2007

La normativa del 11 de enero de 2007 regula el Aviso de Operación necesario para iniciar actividades comerciales e industriales en Panamá. Este aviso tiene validez jurídica y se gestiona a través del sistema Panamá Emprende.

ley 5 del  11 de enero de 2007

la autoridad competente es el MCl

Es el único proceso requerido para iniciar una actividad comercial

ley 5 del 11 de enero de 2007

La elaboración y venta de artesanías y otras industrias manuales o caseras, siempre que se utilice el trabajo asalariado de hasta cinco trabajadores

Las actividades de explotación agrícola, ganadera, apícola, avícola, acuícola, agroforestal o similares

Articulo 4 : actividades exceptuadas

Tiene validez jurídica y reposa en el sistema panamá emprende

Debe contener una declaración jurada

Articulo 3 :Validez del Aviso de Operación.

Debe contener la información necesaria y al finalizar se debe imprimir

Toda persona natural o jurídica tiene derecho a obtener un aviso de operación

Articulo 1 :Aviso de Operación.

El interesado deberá contar con las aprobaciones correspondientes en los casos de las actividades comerciales o industriales mencionadas en el artículo 2.

Articulo 8: Proceso de Aviso

Operación de quince balboas (B/. 15.00) para las personas naturales y de cincuenta y cinco balboas (B/. 55.00) para las personas jurídicas.

Articulo 6 : Tasa de Aviso

Panamá emprende.

Número de Aviso de Operación.

Comercio al por menor

Comercio al por mayor

Aviso de Operación.

Autoridad Pública Competente.

Actividad industrial.

Articulo 5 : definiciones