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av CAROLINA DIAZ 6 år siden

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LA TRIBUTACION EN COLOMBI

El derecho tributario, también conocido como derecho fiscal, es una rama del derecho público que se enfoca en las normas mediante las cuales el Estado ejerce su poder tributario para obtener ingresos de los particulares.

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LA TRIBUTACION EN COLOMBI

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LA TRIBUTACION EN COLOMBIA

clasificación de los tributos

que son los tributos
creadoimponibleerogaciónes todo pago oerrogacion que deben cumnplir los sujetos pasivos en virtud de la ley como consecuencia de un hecho impomible, sindo de carácter obligatorio y unilateral craedo por el estado con el fin primordial de obtener ingresos necesarios para cubrir el gasto publico.

características de los tributos

Tasas: es la contraprestación que pagan en dinero voluntariamente los particulares con el fin de obtener un servicio con mejor provechamineto en el dominio publico

Impuestos :Es una obligación unilateral impuesta con relación de los hechos económicos, según la capacidad del contribuyente

caracteristicas

divisible, esel servicio es divisible,es una prestación de servicio que el estado exige, son pagos que generan un beneficio directo, el pago es compulsivo convirtiéndose en obligatorio

jerarquizar de las normas

Ordenación jerárquica o escalonada de las normas jurídicas de modo que las normas de rango inferior no pueden contradecir ni vulnerar lo establecido por una norma de rango superior que tiene mucho valor. El principio de  jerarquía normativa permite establecer el orden de aplicabilidad de las normas jurídicas y el criterio para solucionar las posibles contradicciones entre normas de distinto rango. La Constitución garantiza expresamente el principio de jerarquía normativa
ordenamiento el principio de jerarquía

Superioridad de la norma escrita sobre la costumbre y los principios generales de Derecho, sin perjuicio del carácter informador del ordenamiento jurídico de estos últimos. - Superioridad de la ley y de las normas con rango de ley sobre las normas administrativas. La doctrina discute si las relaciones entre la ley orgánica y la ley ordinaria se rigen por el principio de jerarquía según el cual la ley orgánica sería superior, o por el de competencia, lo que supondría que ambas tienen el mismo rango. -A su vez las disposiciones administrativas se encuentran jerarquizadas según el siguiente orden: decretos, órdenes de las comisiones delegadas del Gobierno, órdenes ministeriales y disposiciones de las demás autoridades y órganos inferiores según el orden de su respectiva jerarquía

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

LA BUENA FE
Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante éstas

Teóricamente no se debería desconfiar de los datos consignados en las declaraciones tributarias, pero la evasión y la elusión son conductas inherentes a la cultura de los colombianos. No es del caso analizar aquí qué tanta responsabilidad tenga el Estado en esa "incultura'', lo cierto es que los males que aquejan al país en buena

REPRESENTACIÓN
se refiere a que en una democracia no será obligatoria la ley creada sin representación del pueblo. La sociedad se somete a las leyes aprobadas por sus representantes y la función de representar está asignada al conjunto de ciudadanos que son elegidos por una colectividad mediante voto popular, para que conformen el Congreso, las Asambleas y los Concejos Distritales o Municipales. En estos cuerpos colegiados se estudian y promulgan las normas que regirán para toda la sociedad

conformen el Congreso, las Asambleas y los Concejos Distritales o Municipales. En estos cuerpos colegiados se estudian y promulgan las normas que regirán para toda la sociedad.

JUSTICIA
La justicia es virtud cardinal que representa el orden y la recta razón aplicables en la interacción del individuo y la sociedad buscando la realización del bie

El deber tributario es parte de la justicia social que se da a través del derecho. Es indiscutible que todo cuesta y el hecho de pertenecer a una sociedad, le da el derecho a recibir servicios, protección, honra y disfrutar de bienes y comodidad dentro de un orden dispuesto por el Estado, para el individuo, la familia y la sociedad; generando el deber de pagar tributo

ECONOMÍA
toda contribución ha de ser establecida de forma que la cantidad que absorba de los bolsillos del pueblo exceda lo menos posible de la que haga entrar en el tesoro público

se trata de que un tributo debe ser económico, esto es, que no tenga un costo muy elevado en su recaudo, control y administración. Si se mira por ejemplo, lo que acontece con los peajes, este recaudo deja mucho que desear frente a este principio, ya que sus costos pueden llegar a ser excesivamente altos frente al monto recaudado.

IRETROACTIVIDAD
Las leyes, ordenanzas o acuerdos que regulen contribuciones en las que la base sea el resultado de hechos ocurridos durante un período determinado, no pueden aplicarse sino a partir del período que comienza después de iniciar la vigencia de la respectiva ley, ordenanza o acuerdo

las normas tributarias no pueden regular hechos riscales sino a partir de su promulgación. No pueden tener vigencia sobre periodos anteriores a la misma ley

PROGRESIVIDAD
Se relaciona íntimamente con el principio de la equidad vertical y con la capacidad de pago. Para su comprensión es necesario considerar los elementos económicos de riqueza y rent

La renta se analiza tanto desde su capacidad para incrementar la riqueza como para generar gasto o consumo. Cuando no se tiene en cuenta la riqueza, la renta o, en general, la capacidad de pago, se esta frente a un impuesto regresiv

GENERALIDAD
Según este principio: un impuesto se aplica por igual a todas las personas afectadas o sometidas al mismo. Es tratar por igual a todas las personas que se hallan en la situación contemplada en la norma

existen excepciones, como por ejemplo la relacionada con el principio de la capacidad de pago, porque quien nada posee y devenga simplemente un salario insu-ficiente para subsistir, nada debe pagar por no tener capacidad para ello. Es una excep-ción a la generalida

LA PROPORCIONALIDAD
Consagra que a mayor capacidad de pago, mayor impuesto, pero únicamente en términos relativos; es decir, la tarifa permanece constante pero el monto del impuesto aumenta a medida que se eleva la base gravable. Por consiguiente, la tarifa es la misma, cualquiera que sea la cuantía del hecho o base gravable

términos relativos; es decir, la tarifa permanece constante pero el monto del impuesto aumenta a medida que se eleva la base gravable

IGUALDAD O EQUIDAD
Según este principio, en un Estado de derecho, todos los ciudadanos son iguales frente a la ley

En materia tributaria la Igualdad está condicionada a la capacidad económica del sujeto: a igual capacidad económica igual tratamiento fiscal y a desigual capacidad económica desigual tratamiento fiscal

LEGALIDAD
Este principio determina que todo tributo debe ser establecido por ley, "no hay obligación tributaria sin ley que la establezca

que significa

"En tiempo de paz, solamente el Congreso, las asambleas departamentales los concejos distritales y municipales podrán imponer contribuciones fiscales o parafiscales

definición de derecho tributario y su relación con otras ramas del derecho

Conocido como derecho fiscal, es una rama del derecho público que estudia las normas a través de las cuales, el estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el gasto publico en aras de la consecuencia del bien común.
RELACION DEL DERECHO TRIBUTARIO CON OTRAS RAMAS DL PODER

La tributación busca recolectar fondos que luego el estado utiliza, para su funcionamiento y también puede dirigirse a ña distribución de la riqueza o el desarrollo de las diversas ramas productivas según la orientación ideologica de cada govierno