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av dulce spinello 4 år siden

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Procedimiento de defensa de DDHH frente a la Comision Interamerciana

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos puede adoptar medidas cautelares por iniciativa propia o a solicitud de parte, sin que esto implique prejuzgamiento. Estas medidas buscan prevenir daños irreparables a las personas y se enmarcan dentro del procedimiento de defensa de derechos humanos.

Procedimiento de defensa de DDHH frente a la Comision Interamerciana

DESISTIMIENTO

POR EL PETICIONARIO EN CUALQUIER MOMENTO POR ESCRITO

LA COMISION PUEDE
PROSEGUIRLA EN INTERES DE UN DETERMINADO DERECHO
ARCHIVARLO

MEDIDAS CAUTELARES

NO CONSTITUYE PREJUZGAMIENTO

Causa: daño irreparable a las personas

POR INICIATIVA PROPIA DE LA COMISION O A PETICION DE PARTE

Procedimiento de defensa de DDHH frente a la Comision Interamerciana

EL ESTADO NO LAS CUMPLE

ESTADO PARTE DE LA CONVENCION AMERICANA DE DD.HH
SOMETIMIENTO A LA CORTE

Siempre que:

solicitar medidas provisionales en casos de extrema gravedad y urgencia

DEMANDA

REQUISITOS:

a. las pretensiones sobre el fondo, reparaciones y costas;

b. las partes en el caso;

c. la exposición de los hechos;

d. la información sobre la apertura del procedimiento y admisibilidad de la

petición;

e. la individualización de los testigos y peritos y el objeto de sus

declaraciones;

f. los fundamentos de derecho y las conclusiones pertinentes;

g. datos disponibles sobre el denunciante original, las presuntas víctimas, sus familiares o sus representantes debidamente acreditados.

h. los nombres de sus delegados;

i. el informe previsto en el artículo 50 de la Convención Americana. La demanda de la Comisión será acompañada de copias autenticadas de las piezas del expediente que la Comisión o su delegado consideren convenientes.

notificará al peticionario y a la víctima

INFORME DEFINITIVO

Por mayoría absoluta de votos, establecer si hubo violación de derechos humanos y si el Estado es responsable de las mismas.

Sin embargo, decide no someter el caso a la jurisdicción contenciosa de la Corte Interamericana.

Publicación del informe definitivo.

basado en el cumplimiento de sus recomendaciones y segun la información disponible.

Lo decide, por mayoría absoluta de votos de sus miembros,

informe del estado del cumplimiento de las recomendaciones
notificado a las partes

PROCEDIMIENTO SOBRE EL FONDO

DECISION SOBRE EL FONDO

Deliberaciones en privado.

Aspectos del debate serán confidenciales.


HUBO VIOLACION A LOS DD.HH

INFORME PREELIMINAR

Recomendaciones al estado

MEDIDAS DE SEGUIMIENTO

Tales como solicitar información a las partes y celebrar audiencias, con el fin de verificar el cumplimiento de los acuerdos y recomendaciones.

NOTIFICA AL PETICIONARIO

Se le da a éste la oportunidad de presentar, dentro del plazo de

un mes, su posición respecto del sometimiento del caso a la Corte.

Si el peticionario tuviera interés en que el caso sea sometido a la Corte, deberá presentar los siguientes elementos:

a. la posición de la víctima o sus familiares, si fueran distintos del

peticionario;

b. los datos de la víctima y sus familiares;

c. los fundamentos con base en los cuales considera que el caso debe ser

remitido a la Corte;

d. la prueba documental, testimonial y pericial disponible;

e. pretensiones en materia de reparaciones y costas.

NOTIFICA AL ESTADO

PLAZO PARA ADOPTAR MEDIDAS: 2meses

El Estado interesado podrá pedir la

suspensión del plazo del sometimiento del caso, cual es de tres meses contados a partir del traslado.

condiciones:

• que el Estado haya demostrado su voluntad

de implementar las recomendaciones contenidas

en el informe sobre el fondo, mediante

la adopción de acciones concretas e idóneas

orientadas a su cumplimiento; y

• que en su solicitud el Estado acepte en forma

expresa e irrevocable la suspensión del

plazo previsto en la Convención Americana

para el sometimiento del caso a la Corte y,

en consecuencia, renuncie expresamente a

interponer excepciones preliminares respecto

del cumplimiento con dicho plazo, en la

eventualidad de que el asunto sea remitido

a la Corte

INFORMAR A LA COMISION

NO HUBO VIOLACION

INFORME

PUBLICADO E INCLUIDO EN EL INFORME ANUAL DE LA COMISION

DELIBERACION
NO SE LLEGA A NINGUN ACUERDO
ALEGATOS POR ESCRITO
AUDIENCIAS, SI ES NECESARIO

Con el objeto de recibir exposiciones verbales y escritas de las partes sobre hechos nuevos e información adicional a la que ha sido aportada

durante el procedimiento

NUEVAS PRUEBAS

TESTIGOS Y PERITOS

INTENTO DE SOLUCION AMISTOSA
ACUERDO

INFORME DE LA COMISION

Con una breve exposición de los hechos, fundada en el respeto de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana y otros

instrumentos aplicables, y de la solución lograda

Lo transmitirá a las partes y lo publicará.

SIEMPRE CON EL CONSENTIMIENTO DE LA VICTIMA O DERECHOHABIENTES

COMUNICADAS AL ESTADO
DOS MESES PARA QUE EL ESTADO HAGA SUS OBSERVACIONES
DOS MESES PARA QUE EL PETICIONARIO REALICE OBSSERVACIONES
PUEDE SER PRORROGADO POR UN MES MAS

DECLARACION SOBRE LA ADMISIBILIDAD

SI CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE COMPETENCIA Y ADMISIBILIDAD
PUBLICO
INCLUIDO EN EL INFORME ANUAL DE LA OEA

REVISION INICIAL DE LOS REQUISITOS

PODRA INVITAR A LAS PARTES HACER OBSERVACIONES ADICIOINALES
AUDIENCIAS
COMUNICACION AL PRESUNTO ESTADO VIOLADOR
PLAZO: 2 MESES DESDE LA FECHA DE TRANSMISION PARA LA CONTESTACION

PODRA SER PRORROGADO POR PEDIDO FUNDADO, no podra superar un mes mas

LA SECRETARIA LE DA ENTRADA, CON FECHA Y RECIBO AL PETICIONARIO

INICIO POR PETICION

REQUISITOS:

REQUISITOS
INDIVIDUALIZADA
NO DEBE ESTAR PENDIENTE FRENTE A UN ORG. INTERNACIONAL O YA HABER SIDO EXAMINADA.

SALVO:

6 MESES DESDE LA NOTIFICACION DE LOS RECURSOS INTERNOS

Si se aplican excepciones de previo agotamiento de los recursos internos, la petición deberá presentarse dentro de un plazo razonable, a criterio de la Comisión.

AGOTAMIENTO DE RECURSOS INTERNOS


Salvo:

EXPRESAR UNA VIOLACION A LOS DD.HH
ENTIDAD NO GUBERNAMENTAL RECONOCIDA LEGALMENTE
GRUPO DE PERSONAS
PERSONAS

Causa: violacion de derechos humanos

DERECHO RECONOCIDOS POR: