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av Cristal Luis Cabrera 5D 3 år siden

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REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

El reglamento federal de seguridad y salud en el trabajo establece diversas disposiciones enfocadas en la prevención de accidentes y enfermedades laborales, así como en la promoción y supervisión del cumplimiento de las normas.

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

ARTICULO 120

Se impondrá multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo general diario

ARTICULO 121

Se impondrá multa de 50 a 2500 veces el salario al patrón que pongas a mujeres a trabajar en estado de lactancia o gestación

ARTICULO 122

multa de 250 a 2500 veces el salario al patrón que no acredite según el art.65

ARTICULO123

multa de 250 a 2500 veces el salario al patrón que no acredite según el art.67

ARTICULO 124

multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo al patrón que no permita el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia

ARTICULO 125

Para imponer las sanciones se tomara en cuenta: Los daños que se hubieren producido o puedan producirse; la capacidad económica del infractor, y La reincidencia del infractor.

ARTICULO126

Las sanciones se duplicarán si éste no acredita que las irregularidades que las motivaron fueron subsanadas

ARTICULO 1

Es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.

ARTICULO 2

Contar con las condiciones que permitan prevenir Riesgos y, de esta manera, garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud

ARTICULO 3

Accidente de Trabajo, Acciones Preventivas y Correctivas, Autoridad Laboral, Centro de trabajo. Condiciones Inseguras.

ARTICULO 4

Quien se auxiliará por las Autoridades Laborales de las entidades federativas, cuando se trate de ramas o actividades de jurisdicción local

ARTICULO 5

Diseñar, coordinar, ejecutar y evaluar programas y campañas para la prevención de Accidentes y Enfermedades y promover su cumplimiento. Diseñar, promover y supervisar los mecanismos de autoevaluación del cumplimiento de las Normas

ARTICULO 119

Se impondrá multa de 50 a 3000 veces el salario mínimo general diario

ARTICULO 118

Se impondrá multa de 50 a 2000 veces el salario mínimo general diario.

ARTICULO 117

Se impondrá multa de 250 a 5000 veces el salario mínimo general diario.

ARTICULO 116

Se impondrá multa de 50 a 500 veces el salario mínimo general diario

ARTICULO 115

Se impondrá multa de 50 a 100 veces el salario mínimo general diario

ARTICULO 114

Las violaciones al Reglamento y de las Normas serán sancionadas administrativamente por la Secretaría

ARTICULO 100

podrá integrar grupos de trabajo, a fin de elaborar anteproyectos relativos a la creación o modificación de Normas

ARTICULO 99

Celebrará sesiones ordinarias o extraordinarias, las que serán convocadas por el Secretario Técnico.

ARTICULO 98

Contribuir a la integración y ejecución del Programa Nacional de Normalización; Revisar las Normas con motivo de la conclusión de su período quincenal; Elaborar, revisar y, en su caso, aprobar los proyectos de Normas.

ARTICULO 9

Promoverán la observancia de las disposiciones en materia.

ARTICULO 8

Las obligaciones de los trabajadores

ARTICULO 7

Las obligaciones de los patrones

ARTICULO 6

Que se desarrollen conforme al ámbito de sus respectivas competencias y de las disposiciones jurídicas aplicables.