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por Irene Zambudio Ibeas 8 anos atrás

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AGENCIA DE COLOCACION

Las agencias de colocación deben cumplir con una serie de requisitos y obligaciones detalladas para su funcionamiento, según las normativas establecidas. Estas agencias deben disponer de espacios adecuados para la atención tanto individual como grupal, y mantener un horario de atención al público específico.

AGENCIA DE COLOCACION

By Irene Zambudio Ibeas Twitter: @irzaib

AGENCIA DE COLOCACIÓN

OBLIGACIONES Y REQUISITOS DE ACTUACION DE LAS AGENCIAS DE COLOCACIÓN: S.I.S.P.E. (PARTE I)

IDENTIFICACION
CONDICION DE AGENCIA DE COLOCACION Nº ASIGNADO ----------------------------------------------- PUBLICITAR ESTOS DATOS EN : DOCUMENTOS, WEB, CARTELES, MEDIOS PUBLICITARIOS
SUPERVISADO por SEPE, INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
- INFORMAR A SEPE DE CAMBIOS - RECIBIR INSTRUCCIONES DE SEPE
AMBITO: TODO TERRITORIO asignado según convocatoria.
ELEMENTOS: - GRATUIDAD, Servicio de intermediación y Búsqueda Activa de Empleo. - PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN - RESPETO A LA INTIMIDAD Y DIGNIDAD DE LA PERSONA (Cumplimiento Ley Protección de Datos) - ACCESIBILIDAD efectiva de las personas con discapacidad -Cumplir NORMATIVA VIGENTE en materia LABORAL y de SEGURIDAD SOCIAL
¿QUÉ ES? INSTRUMENTO DE COORDINACION

OBLIGACIONES Y REQUISITOS DE ACTUACION DE LAS AGENCIAS DE COLOCACIÓN: S.I.S.P.E. (PARTE II)


SISTEMA DE INFORMACION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE EMPLEO (SISPE)

SISTEMA INFORMATICO COMPATIBLE CON SISPE

INSTRUCCIONES PARA EL ENVIO DE LA INFORMACION AL ESPACIO TELEMATICO COMUN DEL SISPE

MEMORIA DE ACTIVIDADES DESARROLLADAS

- INDICADORES DE EFICIENCIA - ACTIVIDAD ECONÓMICA - PERSONAL DE LA AGENCIA

Disposición Adicional 1ª, RD 1796/2010, indicadores de eficiencia

INFORMACION AGREGADA ANUAL
INFORME MENSUAL DE ACTIVIDAD
CONTABILIDAD SEPARADA
PERSONAL DE AGENCIA DE COLOCACIÓN
- mínimo 2 personas - requisitos del perfil
ESPACIOS ADECUADOS para atención individual y grupal. HORARIO DE ATENCIÓN AL PUBLICO
Facilitar CERTIFICADO de INSCRIPCION en la Agencia al usuario que lo solicite.

CONTEXTO NORMATIVO

DECLARACION RESPONSABLE


Si una entidad quiere desarrollar actividades de agencia de colocación a partir del 5 de julio de 2014 ya no será necesaria la previa autorización de ningún Servicio Público de Empleo, en virtud de la modificación operada por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, pero antes de iniciar su actividad deberá presentar una declaración responsable al Servicio Público de Empleo competente. Esta declaración responsable se presentará en el Servicio Público de Empleo Estatal cuando la agencia pretenda desarrollar su actividad desde centros de trabajo establecidos en dos o más Comunidades Autónomas o utilizando exclusivamente medios electrónicos, o en el Servicio equivalente de la respectiva Comunidad Autónoma en otro caso.

ACUERDO MARCO 6 AGOSTO 2015
6 AGENCIAS PARA 6 LOTES DE AGRUPACION DE CCAA
ACUERDO MARCO 17 JUNIO 2014
80 AGENCIAS COLABORADORAS CON FIRMA DE CONVENIO.
REAL DECRETO 1796/2010, 30 DICIEMBRE DE REGULACION DE LAS AGENCIAS DE COLOCACION
LEY 56/2003, 16 DICIEMBRE, DE EMPLEO